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Condenado a 1.080 euros de multa y 1 año sin carné por conducir triplicando la tasa

El jueves 4 de agosto de 2016, en el barrio de Las Palmeras, un hombre que conducía en estado de embriaguez impactó con tres coches estacionados, tras realizar una maniobra prohibida y subirse a una acera. El hombre fue acusado de un delito contra la seguridad vial, dado que triplicaba la tasa de alcoholemia máxima permitida. El Ministerio Fiscal solicitaba en un primer momento la imposición de una pena de multa por valor de 2.160 euros y la retirada del permiso de conducir por un periodo de 4 años, si bien el reconocimiento de los hechos por parte del acusado provocó que la Fiscalía rebajara sus pretensiones, dejando la pena en “sólo” 1.080 euros de multa y un año sin carné. El jueves 4 de agosto de 2016, sobre las seis menos cuarto de la tarde, el acusado, un hombre español de mediana edad, circulaba por la calle Ingeniero Francisco Carcaño (situada en el interior de la barriada de Las Palmeras) cuando, tras realizar un giro antirreglamentario hacia la izquierda, se subió a la acera, perdiendo el control del vehículo y colisionando con otros tres coches que se encontraban correctamente estacionados.
Al presentarse los agentes, le realizaron dos pruebas de alcoholemia, en las que dio positivo, con valores de 0,78 mg/l y 0,70 mg/l, respectivamente, por lo que triplicaba la tasa máxima permitida de alcohol al volante.
Los propietarios de los vehículos, al ser debidamente compensados por la compañía aseguradora del acusado, no presentaron reclamaciones a efectos de responsabilidad civil por los daños que causó al colisionar.
El Ministerio Fiscal, que en primera instancia pedía para el acusado la imposición de una pena de multa por valor de 2.160 euros más la retirada del permiso de conducir por un periodo de 4 años, rebajó sus pretensiones en aras de la conformidad alcanzada con el acusado, quien reconoció su responsabilidad penal en los hechos.
Con motivo de dicho reconocimiento de hechos, el Ministerio Fiscal rebajó su petición de condena a la mitad de la multa que pedía inicialmente, es decir, 1.080 euros, más un año y un día de retirada de carné.
El juez, que requirió al acusado la entrega de su permiso de conducir, le advirtió en el acto de que, desde ese mismo momento, no podía conducir hasta que terminase el periodo fijado.

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Fernando Lamas Moreno

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