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El letrado de la familia de Carlos Huelin pedirá la nulidad de la sentencia

El abogado de la familia de Carlos Huelin, el hombre fatalmente atropellado el pasado año mientras entrenaba en su bicicleta por un joven, cuyo nombre responde a las iniciales F.M.R., que conducía bajo los efectos del alcohol, ha querido mostrar su disconformidad con la sentencia emitida por la titular del juzgado número 2 de lo penal, que condena al acusado a 4 años de prisión por un delito de homicidio imprudente. El letrado, que ejerce la acusación particular, considera que la decisión de la jueza “no se ajusta a derecho” y que se basa en una “interpretación errónea” de la jurisprudencia. Por ello, ha anunciado su intención de presentar un recurso de nulidad ante la Audiencia Provincial, para que el juicio vuelva a celebrarse mediante la modalidad de Jurado Popular. Tras conocerse la sentencia por la que el autor del atropello mortal del ciclista Carlos Huelin -en marzo de 2017- tendrá que pasar 4 años en prisión, al haber sido hallado culpable de un delito de homicidio imprudente, el abogado de la familia de la víctima, Nayim Mohamed Ali, ha querido mostrar su disconformidad con el fallo de la jueza, quien ha desestimado los delitos de conducción temeraria y omisión de socorro -aplicando el principio de concurso de leyes, según el cuál, en el caso de que los delitos se solapen (concurran) sólo se sanciona el más grave-; delitos por los cuales la acusación particular elevaba su petición de pena a 9 años.
El letrado ha considerado la sentencia como plenamente insatisfactoria, toda vez que los delitos de sangre “se están penando con condenas muy superiores”. “La sentencia es endeble, pues todo hecho cuyo resultado lesivo sea la muerte se está penando hasta con 25 años; a bote pronto, no estamos de acuerdo con la fundamentación jurídica, ya que los hechos son los que son, son inalterables: este señor se va de juerga y después coge el coche, y va cargándose todo lo que encuentra por delante […] él sabe que está cogiendo el vehículo y sabe en qué estado se encuentra”, sentencia.
Además, Mohamed afirma que la sentencia es producto de una “interpretación errónea” de la jurisprudencia por parte de la titular de la sala número 2 de lo penal, puesto que no tiene sentido desestimar el delito de omisión de socorro “cuando este delito lo que hace es proteger el principio de solidaridad de las personas, sin importar si la persona fallece en el acto o 10 minutos después”.

Recurso
A causa de esta disconformidad con la sentencia, el letrado Nayim Mohamed ha manifestado a MELILLA HOY su intención de presentar un recurso de nulidad ante la Audiencia Provincial.
El letrado explica que, desde un principio, la acusación particular exigió que el proceso se celebrase mediante la modalidad de jurado popular; “no porque lo diga yo, sino porque este, la omisión de socorro, es uno de los supuestos en los que el jurado popular está previsto por la Ley […] luego ya veremos sin hay omisión de socorro o sin no la hay, pero debe juzgarse por ese procedimiento”, comentó, recordando casos similares de gran impacto mediático en los que sí que se celebraron juicios con jurado, como el accidente mortal provocado por Ortega Cano mientras conducía bajo los efectos del alcohol, o el “caso Farruquito”, por el que el artista fue condenado por homicidio imprudente y omisión de socorro tras atropellar a un peatón (mismos delitos que, desde la acusación particular, imputaban al autor del atropello mortal de Carlos Huelin).
Por considerar que la calificación de la Fiscalía, que no contempló la omisión de socorro ni la conducción temeraria, “cercenaba” las aspiraciones de la acusación particular; por lo insuficiente de la condena y por haberse desestimado “sin ajustarse a derecho” la opción del jurado, el letrado anunció su intención de solicitar que la Audiencia Provincial de Málaga anule la sentencia y que se celebre el juicio de nuevo, esta vez por la modalidad de jurado popular.
El letrado criticó también la “actitud” del Ministerio Fiscal, entendiendo que la jueza se ha restringido a lo manifestado por la Fiscalía, que excluyó los delitos de conducción temeraria y omisión de socorro de su escrito de calificación, “abandonando su tesis inicial, me imagino que al haber cambiado de fiscal […] hubo un cambio de criterio, pero nosotros seguimos pidiendo la penología superior”.

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Fernando Lamas Moreno

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