SEGURIDAD
Por Paqui Sánchez T.
Última actualización 11/05/2008@09:20:53 GMT+1
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| El nuevo Código Penal establece penas de prisión entre tres y seis meses por conducir sin carné |
Diez días después de entrar en vigor el artículo 384 del Código Penal, por el que conducir sin carné se considera delito, la Justicia ha condenado por primera vez en Melilla a un conductor sin permiso a una pena de prisión. Según informaron a MELILLA HOY fuentes judiciales, el Juzgado de Instrucción número 5 de Melilla ha condenado a una pena de cuatro meses y veinte días a un conductor sin permiso reincidente, que ya había sido detenido días antes al volante de un vehículo y condenado por ello a una multa de entre 1.500 y 2.000 euros y trabajos en beneficio de la comunidad durante un mes. Es la misma pena que se ha impuesto a los otros 19 conductores sin carné o licencia que han sido sorprendidos en Melilla durante los primeros diez días de la reforma del Código Penal.
Cuatro meses y veinte días de prisión. Ésa es la pena que el Juzgado de Instrucción número 5 de Melilla ha impuesto al primer conductor sin carné reincidente detenido en nuestra ciudad tras la entrada en vigor el 1 de mayo del artículo 384 del Código Penal, que considera esta infracción de tráfico como un delito.
Según explicaron a MELILLA HOY fuentes judiciales, este conductor ya fue condenado a principios de mes por el Juzgado de Instrucción número 4 a una multa de entre 1.500 y 2.000 euros y trabajos en beneficio de la comunidad durante un mes, las mismas penas que se han aplicado a los otros 19 conductores sin permiso detenidos en nuestra ciudad en los primeros diez días de esta medida.
Sin embargo, la Policía Local ha sorprendido por segunda vez a este conductor sin permiso al volante de un vehículo, de modo que se le ha aplicado directamente la pena de prisión porque ya tenía antecedentes penales computables al ser detenido una vez por conducir sin carné.
Una tercera parte
De los cuatro meses y veinte días de prisión a los que ha sido condenado, este conductor sólo tendrá que cumplir una tercera parte, es decir, un mes y quince días. Esto se debe a que nunca se cumple íntegramente ninguna de las condenas que se imponen, sino que sólo se llevan a efecto entre una y dos terceras partes.
Las mismas fuentes informaron a MELILLA HOY de que el conductor condenado todavía no ha ingresado en prisión porque uno de los dos juzgados penales que existen en nuestra ciudad debe disponer la ejecución de la sentencia.