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Según manifestó en los Cursos de Verano, Manuel Páez Méndez, jefe de Recursos e Informes Jurídicos de la Comisaría de Extranjería y Fronteras

España, con 60 días, es el segundo país que menos plazo de internamiento tiene para los extranjeros

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La charla de Manuel Páez Méndez, inmersa en los Cursos de Verano de Melilla, ha tratado de la entrada y salida de extranjeros, lo que es el espacio Schengen y el régimen sancionador, así como de la forma de entrada de los extranjeros, de cómo entran. O bien de forma irregular, o bien a través de su presentación en los puestos fronterizos siguiendo y cumpliendo los requisitos que establece la normativa Schengen y la normativa nacional. “Al que cumple los requisitos se le dejará entrar y al que los incumple se le deniega la entrada y se inicia el procedimiento de denegación”. Hay otra forma de entrada que no es la regular, que es cuando los individuos pretenden hacerlo o bien escondidos en vehículos o bien corriendo o de cualquier otra forma sin presentarse en los puestos fronterizos y sin cumplir los requisitos. A los individuos que pretenden entrar de forma irregular, se les tramita otro procedimiento que es el de devolución, por pretender entrar ilegalmente en España, que implica que la persona puede ser ingresada en un CIE durante un plazo máximo de 60 días.

También hizo referencia el jefe de Recursos e Informes Jurídicos de la Comisaría de Extranjería y Fronteras a la normativa europea, normativa Schengen. Explicó en qué consiste el espacio Schengen, que es un territorio regulado por las mismas normas de actuación, que debe ser cumplido por todos los países firmantes del acuerdo Schengen, que establece derechos para todos los extranjeros y obligaciones para los estados.

A su vez trató el expediente sancionador en sus dos vertientes, ordinaria y preferente según el tipo de infracciones. “Hemos indicado las diferencias existentes entre la normativa nacional y la europea y en este sentido podemos decir que nuestra normativa nacional es bastante más garantista que los mínimos que exige la europea”. En denegaciones de entrada la norma española garantiza el derecho a la asistencia jurídica cuando en estos mismos procedimientos, otros estados Schengen no establecen ese derecho de asistencia jurídica
En cuanto a los procedimientos de expulsión o de devolución que llevan al internamiento del extranjero en los CIES, España es el segundo país que menos plazo de internamiento tiene para los extranjeros. Son 60 días, y en algunos países con una prórroga pueden llegar a 18 meses de internamiento.

Asimismo analizó las ejecuciones de las expulsiones, las salidas aleatorias y una figura que el legislador de extranjería establece para el extranjero que comete un delito. Es la del artículo 57.2 que contempla la expulsión del delincuente de España. Desde este punto de vista la mayor parte de los esfuerzos de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras están dirigidos a lograr la expulsión de estos delincuentes. Y explicó que el artículo 58 habla de devolución, pero ni en caliente ni en frío por lo que existe una sola figura de devolución y el rechazo en frontera es, o denegación de entrada o devolución si lo sorprendes en frontera.

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Angel Melendez

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