En el transcurso de su ponencia Lamo de Espinosa, trató las situaciones que se producen entre la jurisdicción penal en este caso y los Juzgados de Instrucción en funciones de guardia con relación a la jurisdicción contencioso administrativa en el tratamiento de las personas extranjeras privadas de libertad.
De hecho , explicó cómo se regulan estas relaciones entre las resoluciones de internamiento que dicta el juez de guardia y posteriormente, cómo se resuelven por parte del juez del contencioso administrativo en base a las propuestas de expulsión.
En definitiva, el juez decano de Melilla se centró en las relaciones de privación de libertad y el bien jurídico protegido que, también, es el derecho de todos los ciudadanos a que la situación de las personas que se encuentran de forma irregular en España, se pueda llevar a cabo de la mejor manera posible y se dicten las resoluciones que correspondan. A su vez analizó los distintos supuestos que existen para proceder a su internamiento y las posibles cuestiones que puedan surgir en el futuro, como poder mejorar tanto el servicio de guardia como, las relaciones entre la jurisdicción penal y la jurídico-contenciosa.
Por su parte, Olga Díaz secretaria del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Melilla comentó las peculiaridades que se dan en relación con la Península e incluso con Ceuta.