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La Estrategia Marina Europea abre puertas para un acuerdo hispano-marroquí

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La Estrategia Marina Europea aplicada en España a través de la Ley 41/2010 de protección del medio marino es la “oportunidad” para la cooperación entre nuestro país y Marruecos, para alcanzar un buen estado ambiental de la zona costera, según el estudio del jurista internacional, Miguel Angel Acosta, titulado ‘Hacia una cooperación Hispano-Marroquí en materia de medio ambiente. La aplicación de la estrategia marina europea en Melilla’ al que ha accedido MELILLA HOY. Y es que la situación actual de la delimitación de las costas del norte de Marruecos es “particular” cuanto menos entre otras causas por la falta de reconocimiento de la soberanía española por parte del país vecino. La Estrategia Marina Europea, adoptada por Directiva 2008/56/CE de junio de 2008, se enmarca en las políticas de la Unión Europea hacia los mares y océanos y pretende "dar coherencia a las políticas existentes y relacionadas con el medio marino" de modo que pretende que "todas las políticas que estén directa o indirectamente relacionadas con mares u océanos (como transporte, pesca, comercio) deberán estar sujetas a una serie de directrices comunes con objeto de alcanzar un adecuado nivel de calidad ambiental en zonas costeras".

Esta directiva europea está traducida en la denominada Política Marítima Integrada y es aplicable a España a través de la Ley 41/2010 de protección del medio marino que pretende, en continuidad con la Estrategia Marina Europea, “mantener un buen estado ambiental para 2020 a través de unas fases cronológicas que van desde la evaluación inicial del estado del medio marino hasta la aplicación de 2016 de un programa de medidas para lograr un buen estado ambiental".

Para ello, España ha realizado una demarcación de cinco zonas, en las que las aguas correspondientes a Melilla se encuentra en la denominada demarcación "Estrecho-Alborán", sin embargo y tal y como indica el estudio de Acosta ésta presenta "una interesante particularidad" por cuanto que "las aguas objeto de gestión se hallan limítrofes" con Marruecos y por el momento "España todavía no ha realizado la delimitación de sus fronteras marítimas".

Esto se debe, a que en el caso no sólo de Melilla, sino de Ceuta y otras islas y peñones situadas en el norte de África no existen "Líneas de Base establecidas", es más "Marruecos al proceder a establecer sus Líneas de Base mediterráneas ha encerrado en sus Aguas Interiores o incluso ha usado como punto de apoyo los territorios españoles existentes".Únicamente existe "un pequeño pasillo al norte entre los Farallones y el cabo Tres Forcas, en territorio marroquí". Todo ello, a causa de la falta de reconocimiento de soberanía española por parte de Marruecos de las ciudades, islas y peñones del norte africano.

Otra de las situaciones que se da en el caso de la aplicación de esta directiva es la de que en el caso concreto de Melilla, existe "una superposición del puerto marroquí de Beni Enzar (Nador, Marruecos) sobre el puerto melillense y no existe cooperación alguna en el ámbito de la navegación”.

Por todo ello, esta situación "debería favorecer la cooperación en materia medio ambiental entre los dos Estados y en el marco de los acuerdos bilaterales existentes". Así, según el estudio esta situación particular "requerirá una solución igualmente particular en aras de la protección del medio marino".

Para ello Acosta apunta a que "ineludiblemente" la solución debería pasar por "una cooperación entre España y Marruecos, reavivando el Convenio bilateral en materia de medio ambiente, así como acercando posiciones en el seno de foros regionales como es el caso de la reuniones del Plan de Acción para el Mediterráneo sobre la aplicación del Convenio de Barcelona". A su vez, el estudio subraya la necesidad de que de estas actuaciones deben derivar a "la adopción de un protocolo de actuación en el cual el Comité de Seguimiento Mixto creado por el convenio bilateral de 2000 tendría un rol esencial a la hora de gestionar las medidas nacionales y la sinergia tanto estructural como operativo de los dos Estados".

No debemos olvidar, que esta directiva europea según marca el estudio a efectos jurídicos señala que "es la obligación de los Estados miembro de adoptar las medidas necesarias para 2020 y a fin de alcanzar un buen estado ambiental, medidas que además estarán sujetas al control de la Comisión Europea, y subsidiariamente a la jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión Europea".

Por ello, el estudio considera que "España debería ser el primer interesado en lograr acuerdos prácticos en la materia, y dado que para el año 2020 la Comisión estaría en disposición de iniciar un procedimiento por incumplimiento del derecho de la UE contra España en caso de lo lograrse en dicha fecha los objetivos previstos en la Estrategia Marina Europea", entre el que debe darse el acuerdo entre España y Marruecos para la demarcación "Estrecho-Alborán".

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Nerea de Tena Alvarez

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