Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

El futuro de la Asamblea de Melilla, en manos de 57.692 electores el 24-M

melillahoy.cibeles.net fotos 1165  SGG7940

Un total de 57.692 electores podrán votar en las elecciones autonómicas convocadas el 24 de mayo para elegir a los 25 diputados que configurarán la Asamblea de Melilla durante los próximos 4 años. De ellos, 53.336 son españoles residentes en Melilla y 4.256 restantes son españoles que viven en el extranjero, que podrán votar dado el carácter autonómico de nuestras elecciones, a diferencia de lo que ocurre en el caso de las municipales. Además, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), también podrán votar los electores extranjeros residentes en Melilla -100 en total-, algo que sí pueden hacer en las elecciones municipales. En las elecciones del 24 de mayo, Ceuta y Melilla son una “excepción” debido a su estatus particular de Ciudades Autónomas. No en vano, en las elecciones para sus respectivas Asambleas podrán votar los españoles que viven en el extranjero, que no pueden hacerlo en las municipales, y los extranjeros que viven en ambas ciudades, que no pueden votar en el resto de elecciones autonómicas.

Sobre los electores residentes en el extranjero, hay que destacar que podrán participar en las elecciones autonómicas y a las Asambleas de Ceuta y Melilla si solicitan el voto del 31 de marzo al 25 de abril. La Oficina del Censo Electoral ha remitido a todos los electores con derecho de voto el impreso oficial de solicitud. Por primera vez, las solicitudes se podrán enviar por internet. Para ello es necesario poseer un certificado electrónico reconocido por la Sede Electrónica del INE o utilizar la clave enviada con el impreso oficial.

El censo electoral se podrá consultar del 6 al 13 de abril en los ayuntamientos y también en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

En la página web del Instituto Nacional de Estadística (http:/www.ine.es) está disponible la información sobre el censo electoral con los datos de interés para esta consulta, censo vigente, reclamaciones, voto por correo, plazos, normativa legal y recuentos de inscritos.

Las inscripciones en el censo vigente para estas elecciones se corresponden a situaciones de inscripción en los padrones y registros de matrícula consular a 30 de diciembre de 2014, excepto para los nacionales de países con acuerdos para votar en las elecciones municipales que están referidas a 15 de enero de 2015.

Reclamaciones
El plazo para reclamar, si se observa algún error u omisión en los datos contenidos en el censo electoral, se extiende del 6 al 13 de abril. Las reclamaciones se podrán presentar en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

La Oficina del Censo Electoral remitirá a cada elector una tarjeta censal en la que se le indica la mesa en que le corresponde votar, así como el local electoral y la dirección de este, a partir del 27 de abril.

Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral atenderán las consultas sobre materias de su competencia (inscripción en el censo, voto por correo, locales electorales y tarjetas censales) en sus oficinas y también por teléfono, a través del número 901 101 900.

En el conjunto de España, un total de 34.985.499 electores podrán votar en las elecciones municipales del 24 de mayo, incluyendo a los 463.628 extranjeros residentes en nuestro país. Por contra, están excluidos los españoles asentados en el exterior.

Por su parte, 19.840.597 electores podrán participar en las elecciones autonómicas que se celebran en 13 comunidades autónomas. En este censo quedan fuera los extranjeros y en cambio entran los inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), que son 911.045 españoles de esas comunidades donde hay elecciones.

Loading

P.S.T.

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€