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Petición de 3.600 euros de multa por negarse a dejar una partida de parchís

El 27 de mayo de 2014, a las 23:30, un grupo de jóvenes se encontraba jugando al parchís en el Parque Agustín Jerez (a espaldas de la Policía Local) cuando una patrulla acudió al lugar después de que los vecinos llamasen a la Policía Local para quejarse por el “jaleo”. Al intentar disolver la reunión, los agentes se encontraron con resistencia por parte del acusado, que según afirman se negó a abandonar el lugar y llegó a escupir y dar “un manotazo” a uno de los agentes. La defensa, que afirma que hubo “exceso de celo” por parte de los agentes, solicitó la absolución del acusado, mientras que la Fiscalía interesó para el mismo una pena de 3.600 euros de multa por un delito de desobediencia. El martes 27 de mayo de 2014, a las once y media de la noche, el acusado se encontraba “jugando al parchís” con un grupo de amigos en el Parque Agustín Jerez (calle Poeta Salvador Rueda), situado a espaldas de la comisaría de la Policía Local, cuando una patrulla de la Local acudió al lugar tras recibirse en jefatura varias llamadas de vecinos que protestaban por el “jaleo”.
Al llegar, los policías locales disolvieron la reunión y “casi todos se fueron” excepto el acusado, que según la versión de los hechos presentada por la acusación y por los tres agentes que intervinieron, se negó a moverse. Según los agentes, el acusado llegó a espetar frases como “nosotros no nos vamos de aquí”, “si nos vamos, nos vamos derrapando con los coches” o “aquí nos conocemos todos, sabemos dónde vivimos, esto no va a quedar así”.
Tras esto, el agente le solicitó la documentación al acusado, que en ese momento se dio la vuelta trató de irse del lugar haciendo caso omiso al agente. El agente lo agarró para detenerlo, propinándole el acusado un manotazo para que le soltara. “Tras una segunda advertencia”, el acusado escupió al agente y le dio “otro manotazo con intención de derribarme”. Tras esto, se produjo la inmovilización y la detención del acusado por un delito de desobediencia.

Defensa
La versión de los hechos presentada por los testigos que aportó la defensa fue muy diferente. Según esta versión, estaban en el parque -no era el único grupo que había en el lugar- sin armar jaleo, “para qué íbamos a gritar, era un parchís”, cuando los agentes aparecieron y les dijeron que se tenían que ir del parque.
Según el acusado y los testigos de la defensa (amigos suyos, uno de los cuáles fue trasladado desde la prisión para declarar), los agentes no les pidieron la documentación y se limitaron a echarlos “de mala manera” del lugar, ante lo cuál el grupo -entre ellos el acusado- reaccionó preguntando “por qué tenemos que irnos”.
Tras esto, un agente se habría acercado al acusado, que tenía una mano escayolada en el momento de los hechos y, al “guiñarle un ojo” al agente, éste habría reaccionado propinándole “un cate” disimulado en la mandíbula, reduciéndolo y amenazándole “tú no sabes con quién te estás metiendo”, situación tras la cual fue “arrastrado al furgón”.
Según los amigos del acusado, se negaron a irse del parque por que no estaban “haciendo nada malo” y por que pensaban que era “un control rutinario”.

Desobediencia
El Ministerio Fiscal, considerando probada la acusación, interesó para el acusado una pena de 10 meses de multa a razón de 12 euros diarios, o lo que es lo mismo, un total de 3.600 euros de multa por un delito de desobediencia a la autoridad.
La defensa, por su parte, puso en duda los “manotazos” referidos por los agentes, basándose en que su cliente estaba escayolado en el momento de los hechos, y determinó que hubo un “exceso de celo” por parte de los agentes que intervinieron. Por todo ello, se solicitó la libre absolución del acusado.

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Fernando Lamas Moreno

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