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Miguel Marín es absuelto en el juicio por el “caso arquitecto”

El actual presidente de la Autoridad Portuaria y secretario general del PP melillense, Miguel Marín Cobos, ha sido absuelto por el juez de la sala primera de lo penal de Melilla del delito de prevaricación administrativa que se le imputaba, y por el que la acusación le pedía hasta 10 años de inhabilitación. El juez deja claro en su sentencia que es imposible apreciar que la contratación de un arquitecto (hace más de 10 años) por parte de la CAM fuera “contraria a derecho”, e “incluso en el caso de serlo”, continúa, no se ajustaría a la arbitrariedad e injusticia necesaria para la imputación de un delito de prevaricación. El juez tomó también en cuenta las múltiples sentencias previas en este mismo sentido, considerándolas “incompatibles” con el delito imputado.

Miguel Marín ocupó el cargo de consejero de Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma durante los años 2003-2011, y, como consejero, tenía entre sus funciones la contratación de personal laboral de la CAM.
A raíz de la contratación de un arquitecto municipal en 2007, contratación que fue considerada “ilegal” por el Colegio de Arquitectos, comenzó un periodo de más de diez años de denuncias, sentencias, apelaciones y recursos que tuvo ayer su último capítulo, con la publicación de una sentencia absolutoria a favor de Miguel Marín, actual presidente de la Autoridad Portuaria y secretario general del PP local.
El juez, en su sentencia, afirma que “ningún hecho de trascendencia delictiva ha quedado acreditado” y concluye que la arbitrariedad propia del delito de prevaricación no puede identificarse en los hechos descritos en este procedimiento.
El juez también determina en su sentencia que “no sólo es imposible afirmar que la contratación sea contraria a derecho, sino que incluso en el caso de serlo, dicha ilegalidad en ningún caso es evidente, patente, flagrante y clamorosa”, motivo por el cual sería incompatible con el delito de prevaricación, y destacó que el proceso de contratación del arquitecto contaba, al menos, con una “apariencia de legalidad”.
El Ministerio Fiscal solicitaba la inhabilitación de Miguel Marín por un plazo de 8 años, mientras que la Acusación Popular -ejercida por Dionisio Muñoz (ex-secretario general del PSOE), Manos Limpias y CpM- interesaba para Marín la imposición de una pena de 10 años de inhabilitación.

Resoluciones incompatibles con la prevaricación

La defensa planteó que la concurrencia del delito de prevaricación era incompatible con las resoluciones que hasta este momento habían recaído sobre la contratación del arquitecto, entre ellas la resolución de la Comisión Permanente del Consejo de Estado en 2012, y sentencias contrarias al delito de prevaricación dictadas tanto por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo como por el juzgado de lo social, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y la sección local de la Audiencia Provincial de Málaga.
El propio Miguel Marín, en declaraciones realizadas a su salida de la primera sesión de este juicio (que se suspendió por un error de agenda), exponía ante la prensa este mismo argumento y mostraba tanto su plena confianza en la labor de la justicia como su convicción en que ninguna de sus acciones como consejero de Administraciones Públicas había sido constitutiva de delito alguno. Tras 10 años, esta resolución podría poner punto final al proceso.

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Fernando Lamas Moreno

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