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El Consejo de Gobierno aprueba la propuesta de cambio legal sobre los MENA y la nacionalidad

Un MENA deambula por las calles de Melilla

El Consejo de Gobierno de Melilla ha aprobado ya la propuesta al Gobierno central para modificar la Ley de Protección del Menor para que los menores extranjeros no acompañados (MENA) sean considerados como inmigrantes irregulares, y para endurecer el acceso a la nacionalidad española con cambios en el Código Civil. En rueda de prensa, el portavoz de la Ciudad Autónoma, Manuel Ángel Quevedo, informó de que esta propuesta fue aprobada el pasado viernes en el Consejo de Gobierno y la previsión es el que la próxima semana pasen por las comisiones correspondientes antes de que sean elevadas al próximo Pleno de la Asamblea para su aprobación.
En la primera propuesta, la Ciudad Autónoma de Melilla plantea que en la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor se incorpore una nueva disposición adicional cuarta, que llevaría por título “Menores extranjeros no acompañados: especificidades de Ceuta y Melilla”.
En dicha disposición, el Gobierno melillense pretende que se atiendan las “singularidades” de ambas ciudades autónomas dando prioridad a la devolución de los MENA a sus países de origen en un plazo máximo de tres meses, en el que la Administración General del Estado se hará cargo de garantizar el “adecuado amparo” de estos menores.
Quevedo defendió la necesidad de que sea atendida esta propuesta para separar a los MENA de los otros menores propios de la ciudad que puedan venir de familias con problemas y la Ciudad Autónoma está en la obligación de acogerlos.
Aclaró que esto no quiere decir que dicha atención no se dé a los MENA, pero insistió en que “esto es un problema de inmigración que corresponde al Gobierno central” en el que, a juicio de la Ciudad Autónoma, “la mejor solución es la reagrupación familiar en su entorno y su familia, que es como un menor se debe criar”.

Nacionalidad
La otra propuesta plantea modificar los artículos 17.1b y 22.2 del Código Civil, relativos al acceso a la nacionalidad española, para endurecer los requisitos para el acceso a la nacionalidad española a los hijos de mujeres marroquíes nacidos en Melilla y Ceuta.
El artículo 17.1b dice que “son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España”, pero el Gobierno regional quiere añadir que “se exceptúan los hijos de los extranjeros nacidos en las ciudades de Ceuta y Melilla”.
En cuanto al artículo 22.2, que indica que para acceder a la nacionalidad española “bastará el tiempo de residencia de un año”, la adaptación se busca con la ampliación de ese plazo.
En este sentido, el Gobierno melillense propone añadir: “En el caso de hijos de extranjeros nacidos en Ceuta y Melilla, atendiendo a las especiales circunstancias que concurren en ambas ciudades, para acceder a la nacionalidad española por nacimiento se deberá acreditar la vinculación con España mediante la residencia legal continuada en territorio español de 10 años”.
Quevedo abogó por impulsar esta propuesta porque el caso de las mujeres de Marruecos que cruzan la frontera para dar a luz “no es igual al de una persona que nazca y viva en España”, por lo que el Gobierno melillense cree que el requisito de residir un año para acceder a la nacionalidad “es poco”.
El Gobierno de Melilla confía en que estas propuestas sean aprobadas en la Asamblea y que el Gobierno central “tenga a bien tramitar estas modificaciones legislativas que tanta importancia tienen para el futuro de la ciudad”, dadas las especificidades de Melilla y Ceuta, que tienen “unas condiciones absolutamente distintas a las del resto de la geografía nacional” en estos asuntos.
“La legislación tiene que dar respuesta a situaciones singulares de nuestra nación, no se puede legislar para la mayoría, sino para todos”, dijo Quevedo.
La Ciudad Autónoma planteará estas propuestas basándose en los artículos 12 y 26 del Estatuto de Autonomía de Melilla, relativos a la posibilidad de presentar iniciativas legislativas y proponer modificaciones de normativas al Gobierno central.

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Redacción

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