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Incertidumbre entre los 45 aprobados de la bolsa de Agentes de Movilidad por una sentencia del Tribunal Supremo dictada en junio

Los aspirantes de las oposiciones de las 10 plazas de Policía Local no son los únicos que viven con incertidumbre la falta de noticias de la Ciudad Autónoma sobre su proceso selectivo. También se encuentran en la misma situación los 45 aprobados de la bolsa de Agentes de Movilidad, un proceso que arrancó el 19 de octubre de 2018 con la publicación de las bases, y que finalizó con la propuesta del tribunal el pasado 9 de julio, una vez terminadas y resueltas todas las pruebas.
De las 887 personas que se interesaron por entrar en esta bolsa, finalmente 45 consiguieron el objetivo, pero la ciudad Autónoma no ha llamado a ninguna de ellas. Eso, a pesar de que la intención del anterior Gobierno era que parte de estos agentes de movilidad trabajaran como apoyo a la Policía Local en la Operación Paso del Estrecho (OPE), que ha sido caótica en la circulación en los días de mayor afluencia de viajeros tanto en las inmediaciones de la frontera de Beni-Enzar como en el centro para ir hacia el puerto.
Preguntado por este asunto hace justo un mes, el presidente de la Ciudad Autónoma, Eduardo de Castro, explicó que no había fecha para que pudieran empezar a trabajar debido al problema que se ha planteado tras una sentencia del Tribunal Supremo.

La sentencia
Dicha sentencia (828/2019), a la que ha tenido acceso MELILLA HOY, fue emitida el 14 de junio de este año, menos de un mes antes de la creación de la bolsa de Agentes de Movilidad con los 45 aprobados en el proceso.
Según el fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, "no resulta ajustado a derecho" el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, tras la modificación del artículo 92.3 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre.
El Supremo rechazaba así los recursos de casación presentados por el Ayuntamiento de Santurtzi y el Gobierno Vasco contra la sentencia de 15 de diciembre de 2016 dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que consideró "ilegal" la contratación de cuatro agentes interinos realizada por el Consistorio vizcaíno en 2014.
Un funcionario de la Policía Local de Santurtzi interpuso recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones del Ayuntamiento de Santurtzi por las que se dispuso el nombramiento de cuatro agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, con motivo de la existencia de plazas vacantes.
También denunció el acuerdo de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias por el que se convocó un procedimiento de selección para la creación de una bolsa de agentes interinos, y el Convenio de Colaboración suscrito entre el Consistorio y dicha Academia para efectuar los correspondientes nombramientos en régimen de interinidad.
La resolución del Supremo cita la sentencia del Tribunal Constitucional 175/2011, de 8 de noviembre, dictada antes de la reforma de 27 de diciembre de 2013, que en su fundamento cuarto recalcaba que la policía local "no solo tiene naturaleza de fuerza y cuerpo de seguridad integrada por funcionarios al servicio de la Administración local, sino también funciones públicas que implican el ejercicio de autoridad (art. 92.2 LBRL), razón por la cual su desempeño se reserva exclusivamente a personal funcionarial (art. 92.2 LBRL y art.172 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local)".
Según indica la sentencia del TS, "ninguna duda había respecto a que existía ya una reserva legal respecto a los puestos de policía local que debían ser cubiertos por funcionarios, por lo que la inclusión en el 2013 en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local del término "de carrera", da a entender una mayor restricción al concepto".
En consecuencia, afirma que tras la modificación del art.92.3 LBRL por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre "no resulta ajustado a derecho el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, dada la regulación especial de la norma", lo que fija como doctrina, por no que no cabe recurso contra esta sentencia.

Auxiliares
Algunos de los afectados en Melilla por esta situación se están movilizando en las redes sociales, donde piden soluciones a la Ciudad Autónoma para terminar con esta “incertidumbre” que están sufriendo tras haber superado un proceso selectivo, y piden que se aplique en Melilla algunas de las soluciones que ya se están adoptando en otras comunidades autónomas mediante la adjudicación de puestos de auxiliar de Policía Local.

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P.S.T.

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