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El puerto y el aeropuerto de Melilla, cerrados desde medianoche a vuelos y buques de pasaje por el COVID-19

La delegada del Gobierno podrá, de manera excepcional y por una necesidad inaplazable, levantar las prohibiciones al desembarque

El Ministerio de Transportes prohíbe desde las 00.00 horas de hoy, 17 de marzo, la realización de vuelos entre cualquier aeropuerto situado en el territorio nacional y Melilla, así como el desembarco en el puerto de Melilla de pasajeros embarcados en los buques de pasaje. Este cierre del puerto y el aeropuerto de Melilla a vuelos y buques de pasaje se aplica en virtud de la Orden TMA/242/2020, publicada a última hora de ayer lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tal y como anunció en una declaración institucional la delegada del Gobierno en Melilla, Sabrina Moh.

Según explicó Moh, esta prohibición tiene tres excepciones. Una de ellas es que no se aplicará a las aeronaves de Estado, vuelos exclusivamente de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia ni a los buques de Estado, a los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.
Además, también se exceptúa de la prohibición a los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada.
Asimismo, tal y como se señala en la Orden del Ministerio de Transporte, la entrada en el puerto de Melilla de buques que no sean buques de pasaje, carga o pesca procedentes de cualquier puerto, que por su número de personas a bordo, incluida la tripulación, supongan un riesgo para la salud y seguridad de los ciudadanos, podrá ser prohibida por la delegada del Gobierno.

Moh podrá levantar la prohibición
Moh, que compareció acompañada del director territorial del Ingesa, Omar Haouari, y del consejero de Salud Pública de Melilla, Mohamed Mohamed Mohand, explicó que esta orden del Ministerio de Transporte se ha materializado en respuesta a la petición realizada por el propio consejero. Según se ha establecido en esta Orden, en todo caso se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar un riesgo para los ciudadanos.
No obstante, de manera excepcional, se podrán levantar las prohibiciones al desembarque en el puerto de Melilla de pasajeros que viajen en los buques que realicen el trayecto entre la península y Melilla, a través de una autorización específica de la delegada del Gobierno.
Esta autorización estará basada en la necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las actividades autorizadas en el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma en España.
En esos casos, se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar que supongan un riesgo para la población de Melilla.
Con respecto a la vigencia, esta orden tendrá validez hasta la finalización del periodo del estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva Orden modificando los términos.

Motivos “meramente sanitarios y de salud pública”

Con esta medida, que es específica para Melilla y que Moh justificó por motivos “meramente sanitarios y de salud pública por la propagación del coronavirus”, Melilla se queda aislada en cuanto al movimiento de pasajeros por tierra, mar y aire. No en vano, el cierre del puerto y el aeropuerto a conexiones con pasaje se produce cuatro días después de que Marruecos decidiera cerrar los pasos fronterizos terrestres con nuestra ciudad y Ceuta.
“No consiste en una prohibición tajante, habrá excepciones que podrán realizarse siempre basada en la normativa y en el artículo 7.1 del Real Decreto”, apuntó la delegada, que incidió en que el objetivo es “no poner en riesgo a la población”, habida cuenta que Melilla ha cambiado de fase y ha pasado de estar en una de contención, a otra de transmisión comunitaria generalizada debido al número de casos que ha alcanzado.
Ello requiere, como apuntó la delegada, “medidas más contundentes si cabe”.

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P.S.T.

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