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Abierto el plazo para que las empresas afectadas por la COVID-19 pidan sus ayudas

Una cafetería, cerrada en los primeros días del estado de alarma

La sociedad pública Proyecto Melilla, S.A. (Promesa) ha abierto el plazo para que las empresas afectadas por la COVID-19 puedan solicitar las ayudas habilitadas por la Ciudad Autónoma. Este plazo estará abierto durante 22 días hábiles, de acuerdo con las bases reguladoras de esta convocatoria, publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de Melilla (BOME). El formulario de solicitud podrá descargarse de la web www.promesa.net, que ofrece toda la información sobre este régimen de ayudas: documentación necesaria para su presentación, gastos subvencionables y una relación de preguntas frecuentes que puede resultar de gran utilidad para el solicitante.
Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial o en la sede electrónica de la web www.melilla.es, siendo necesario estar en posesión de certificado electrónico para esta última modalidad.
Estas ayudas se financiarán con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla y están englobadas en el “Plan de medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en relación con el impacto producido por la COVID-19”, aprobado por el Pleno de la Asamblea el pasado 21 de marzo.
Los empresarios o autónomos que necesiten más información pueden contactar con Proyecto Melilla en el teléfono 952 67 98 04 o en la dirección de correo electrónico [email protected].

Dos líneas de ayudas
Hay que recordar que la Ciudad Autónoma ha establecido dos líneas de ayudas, las del Plan Soporte y las del Plan Sostiene y los solicitantes podrán recibir entre 2.500 y 15.000 euros en total en función del número de trabajadores.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as), así como las pequeñas empresas y microempresas, que tengan su domicilio social y ejerzan, al menos, una actividad económica en Melilla, siempre que hubiesen estado desarrollando su actividad antes de la entrada en vigor del estado de alarma. En cualquier caso, serán autónomos o empresas que hubiesen cesado su actividad obligados por el Decreto de suspensión de la apertura al público.

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Redacción

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