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Le piden 6 meses de cárcel tras ser “cazado” circulando sin carnet por quinta vez

Los hechos ocurrieron en esta carretera

El pasado 5 de abril un hombre fue interceptado en un control rutinario en la calle Mohamed Tahar (frente al Lidl) conduciendo un ciclomotor sin contar con el permiso de conducir y, consecuentemente, fue acusado de un delito de conducción sin licencia. Este procedimiento judicial por conducción sin licencia es ya el quinto que acumula por el mismo delito el acusado, quien declaró desconocer que conducir un ciclomotor sin permiso tenía consecuencias penales, “yo pensaba que era administrativo, una multa de la Ciudad Autónoma”, dijo. El Ministerio Fiscal interesó para él la pena máxima, 6 meses, dada la reiteración delictiva y tomando en cuenta el hecho de que había cometido el delito teniendo otra condena de 4 meses de cárcel en suspensión. El pasado 5 de abril, sobre las 10:50 de la mañana, el acusado se encontraba circulando en un ciclomotor por la calle Mohamed Tahar (frente al Lidl), cuando se encontró con un control rutinario de la Policía Local.

Al llegar al control, el propio acusado manifestó a los agentes que no contaba con permiso de conducir y éstos procedieron a elaborar la pertinente denuncia.

El acusado, que declaró estar “en proceso” de sacarse el carnet de conducir, afirmó que creía que la conducción de ciclomotores sin carnet no reportaba consecuencias penales, sino que implicaba únicamente una sanción administrativa en forma de multa, “si llego a saber que conducir un ciclomotor sin el permiso era un delito, jamás se me habría ocurrido cogerlo”, afirmó en su defensa. El acusado afirmó que, al encontrarse trabajando, está capacitado para afrontar cualquier multa.

El Ministerio Fiscal, que destacó que esta es la quinta vez que se procesa a este mismo acusado por exactamente el mismo delito, recordó que el acusado se encuentra en situación de suspensión de condena -por un periodo de 3 años- precisamente a raíz de la última condena que recibió por conducir sin permiso, el pasado diciembre. Por la reiteración y por el hecho de haber delinquido en periodo de suspensión, el Ministerio Público interesó no sólo la imposición de la pena máxima por este delito (6 meses) sino también la revocación de la suspensión de la pena anterior (4 meses de prisión).

La defensa, por su parte, solicitó que la pena fuera exclusivamente de multa arguyendo que su patrocinado no era un peligro para la sociedad y que no aportaría nada que pasara meses en prisión.

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Fernando Lamas Moreno

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