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La Junta Electoral de Zona rechaza un nuevo recurso de CPM con un voto particular en contra

En la imagen, varios miembros de la candidatura de CPM, entre ellos Aberchán

La Junta Electoral se reunió este martes nuevamente para estudiar un recurso presentado por Coalición por Melilla (CPM) contra la decisión adoptada por este órgano electoral la tarde del lunes en la que acordaba rechazar las dos candidaturas presentadas por los cepemistas al no respetar la paridad entre hombres y mujeres. La Junta Electoral, en la sesión de ayer, no varió su postura al ni siquiera entrar a valorar los argumentos expresados por la formación que lidera Mustafa Aberchán, dado que ya había proclamado las candidaturas la tarde anterior, y remitía a CPM a presentar su recurso electoral por la vía de lo contencioso administrativo. La decisión, a diferencia de lo ocurrido el lunes, no fue unánime el martes al producirse un voto particular por parte de un vocal que representaba al PSOE, José Miguel Pérez Pérez. El acuerdo de rechazar la nueva candidatura presentada por CPM invocando un artículo de “Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas” se produjo por mayoría después de que anteriormente desestimara en una primera instancia la primera lista, le diera 48 horas para subsanar errores y finalmente desestimara una segunda lista al persistir el fallo. “Sin perjuicio de entrar a valorar el carácter supletorio del artículo 73.3 de la Ley 39/2015, al haberse proclamado ya las candidaturas, la vía procedente es el contencioso administrativo, a la que deberán dirigirse los interesados” recoge el acta de la reunión de ayer.

Esta decisión, no obstante, no fue unánime, como había ocurrido en las anteriores sesiones. En esta ocasión hubo un voto particular de un vocal no judicial , en concreto de José Miguel Pérez Pérez, propuesto por el PSOE, en el que se recoge que “entiende el suscribiente que el plazo de 48 horas quedaba prorrogado hasta el momento del dictado de la resolución por la que se le tenía por precluido en el trámite y ésta ha de entenderse que lo constituye la proclamación o en este caso, la denegación de la proclamación de la candidatura”.

El voto particular añade que “al presentar en el mismo día en el que se dicta el acto una nueva lista que sí cumple con los requisitos del artículo 44 bis LOREG, se entiende que la subsanación requerida se ha llevado a cabo en tiempo y forma por considerar que es supletoria la Ley 39/2015”. José Miguel Pérez también destaca en su argumento para pedir que se acepte la nueva lista de CPM, que estaban “en presencia de un partido con representación política en anteriores comicios y la posible vulneración de un derecho fundamental por motivos fácilmente subsanables”.

Además de José Miguel Pérez, forman parte de la Electoral de Zona, tres jueces -uno de ellos la presidenta de este órgano Laura López García-; la delegada provincial de la Oficina del Censo Electoral, una Letrada de la Administración de Justicia que realiza las funciones de secretaria y otro vocal no judicial, en este caso la representante del PP María José Aguilar Silveti.

La participación electoral de CPM en las elecciones municipales dependerá ahora de otros órganos distintos ya a la Junta Electoral, en primer lugar, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo, aunque Mustafa Aberchán ha anunciado que pretende llegar hasta el Tribunal Constitucional si hiciera falta, para lograr que CPM participe en los comicios del 26 de mayo.

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M.H.

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