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“De concretarse, la decisión del Tribunal alemán sería un gran golpe a la causa”

El juez decano de Melilla, Fernando Portillo, realizó una valoración de la situación en la que se encuentra actualmente la euroorden de detención contra Carles Puigdemont, así como sobre las consecuencias que tendía sobre el proceso una hipotética exclusión del delito de rebelión a la hora de concretar la entrega del ex-presidente catalán. Para el juez decano, una decisión definitiva en tal sentido supondría un gran golpe para la causa judicial, dado que no se podría juzgar al resto de acusados por este delito y, en el caso de hacerse (y de acabar condenados), las condenas estarían abocadas a ser recurridas. A pesar de esto, parece ser que la decisión tomada por el Tribunal no es definitiva, toda vez que se ha limitado a la aplicación de una medida cautelar. La detención de Carles Puigdemont en Alemania, en virtud de la activación de la euroorden emitida por el juez del Supremo Pablo Llarena, lejos de suponer su inmediata extradición ha llevado a un nuevo escenario de frustración para la justicia española, que ha visto cómo el Tribunal del Lander de Schleswig-Holstein ha rechazado, por ahora, extraditar a Puigdemont por un delito de rebelión, quedando como única opción aparente la extradición por un delito de malversación de fondos públicos.
El decano de los jueces en Melilla, Fernando Portillo, ofreció a MELILLA HOY su valoración personal de la situación.
El decano explicó que la euroorden surge en un ámbito de “confianza”, el de la Unión Europea, en el que se supone que todos los países tienen principios y leyes similares que sirven para defender valores y derechos sustancialmente iguales. Es por ello que, basándose en este principio de confianza, el país que recibe la orden de detención se limita a tramitarla desde el punto de vista administrativo, de modo que no tienen que hacer la equiparación entre delitos, “salvo que se trate de una serie muy limitada y concreta de delitos, entre los que precisamente se encuentra el de rebelión”, explicó.
Es por ello que el proceder del Tribunal alemán, en virtud del cumplimiento de los tratados europeos, ha sido comprobar si existía en su ordenamiento jurídico un delito equivalente al delito de rebelión en España, “lo que ocurre es que este Tribunal no se ha limitado sólo a comprobar que existe un delito similar, sino que ha entrado a analizar los hechos para determinar si tendrían encaje en su delito de alta traición”. Según el decano, resulta complicado entender cómo éste Tribunal ha decidido “en pocos días” si los hechos tienen o no encaje en su delito de alta traición, una decisión “atrevida”, toda vez que “es imposible que hayan podido llegar al fondo de un asunto con meses de investigación y miles de folios”.
“Si el Tribunal extradita a Puigdemont excluyendo el delito de rebelión, en España no le podríamos juzgar por dicho delito”, explicó el decano, “ya que hemos cedido parte nuestra soberanía a Europa, aceptando que para este tipo de delitos es necesario realizar la equiparación”.

Un golpe a la causa
Para el juez decano, de confirmarse la decisión tomada por el Tribunal de Schleswig-Holstein, resulta obvio que supondría “un golpe a la causa”, ya que, “como en el ámbito penal no puede haber contradicciones, un delito no puede existir y no existir al mismo tiempo”, motivo por el que retirar la acusación de rebelión que pesa sobre Puigdemont provocaría que hubiera que retirarla también sobre todos los demás acusados y, en el caso de que se optase por condenarles, dichas condenas “estarían abocadas a recurso”.
A pesar de esto, el decano puso en duda toda esta tesis aludiendo al hecho de que la decisión adoptada por el Tribunal alemán no es definitiva (según afirmó la Fiscalía General del Estado en un comunicado de prensa), sino que se refiere exclusivamente a la imposición de medidas cautelares -la salida de prisión provisional de Puigdemont-.
“Al no haberse decidido todavía cómo se va a realizar la entrega, todavía cabe la posibilidad de que se incluya el delito de rebelión”, recordó el juez, “si bien con la medida cautelar ya pueden haber dado pistas”.
El delito de alta traición en Alemania requiere cotas de violencia de gran intensidad, y “el Tribunal no niega que haya habido violencia, sino que considera que dicha violencia no ha sido suficiente para desestabilizar el estado”.
La decisión de la justicia alemana, por tanto, podría dar un vuelco “radical” al proceso judicial contra los secesionistas catalanes.

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Fernando Lamas Moreno

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