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Abogacía al día

Jornadas “Sainz Cantero”

Entre el Salón de Grados del Campus de Melilla y el de Actos del Ilustre Colegio de Abogados (ICAME) se han abordado cuestiones actuales de Derecho Penal Económico en las I Jornadas Jurídicas “José Antonio Sáinz Cantero”, como homenaje a este melillense que llegó a ser catedrático en la Universidad de Santiago. Organizadas por la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de nuestra Ciudad, y en colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, el ICAME y la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma.
Lorenzo Morillas Cueva, catedrático de Derecho Penal de la Universidad granadina, planteó cuestiones actuales sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Así trató sobre el debido control, cuyo quebrantamiento permite fundamentar su responsabilidad penal, en una clara apuesta hacia modelos concretos y específicos de compliance, como elemento identificador de las actuaciones necesarias o llevadas a cabo para determinar la naturaleza y sus propios efectos exonerantes o atenuatorios de responsabilidad penal. El catedrático de la Universidad de Almería, José Eduardo Sainz – Cantero y en relación al delito de cohecho, lo considera como el prototipo de las figuras delictivas que se ocupan del fenómeno criminal de la corrupción, sobre todo en su vertiente o modalidad de “corrupción pública” que en términos descriptivos, que no definitorio, es todo comportamiento que suponga el abuso de una situación de poder motivado por, o que tiene por finalidad, la consecución de una ventaja, normalmente de naturaleza patrimonial, para el que lo realiza o un tercero. Para el catedrático decano de la Facultad de Derecho de Granada, Miguel Olmedo, las personas jurídicas pueden desde entonces ser objeto de condena penal en la que se imponga alguna o varias de las siguientes sanciones, conforme al Código Penal: multas por cuotas o proporcional; disolución de la persona jurídica; suspensión de sus actividades; clausura de locales o negocios; prohibición de actividades; inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas; intervención judicial para salvaguardar de trabajadores o acreedores. La actividad de los abogados como “responsables del cumplimiento normativo de las empresas” fue analizada por el catedrático del País Vasco, Norberto de la Mata, que sólo un letrado externo sin vinculación con la empresa puede asumir el cargo de compliance officer con todos los privilegios propios de su condición de letrado, garantizando de ese modo que no existe colisión con el secreto profesional o peligro de conflicto de intereses. El mencionado cargo exige singulares caracteres que aunque puede ser cubierta por ciertos directivos internos o por responsables externos específicamente designados para ello, en el caso de que sean abogados conlleva privilegios y garantías adicionales derivadas del estatuto personal del profesional de la abogacía. Para el catedrático italiano, Luigi Foffani en su conferencia sobre el Derecho Penal económico desde la perspectiva europea la penalización de la corrupción en el sector privado no es en absoluto un fenómeno excepcional en el ámbito del Derecho comparado. Y se alineó con la tendencia a una europeización del Derecho Penal económico. El decano del ICAME, Blas Jesús Imbroda, en el debate, defendió un espacio europeo único en Derecho. La conferencia de clausura fue impartida por el catedrático de la Universidad de Córdoba, Juan José González Rus, sobre cuestiones procesales y penales sobre la persecución y la represión de la delincuencia económica. Subrayó que lo prioritario en un Estado de Derecho es la Ley y nada puede estar por encima de ella. Y fue crítico con las causas colectivas, las macrocausas así como sobre ciertos escritos de calificaciones de los fiscales o por el desequilibrio en los imputados en un Procedimiento porque se cree que siempre mienten.

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