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El TEDH pospone hasta septiembre la sentencia definitiva por dos devoluciones en la valla

España fue condenada por la devolución a Marruecos de dos inmigrantes que entraron en Melilla saltando la valla el 13 de agosto de 2014

Habrá que esperar hasta el 19 de septiembre para conocer cuál es la decisión de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo sobre la condena a España por la devolución a Marruecos de dos inmigrantes que entraron en Melilla saltando la valla el 13 de agosto de 2014. España fue condenada por el TEDH en octubre del año pasado a pagar 5.000 euros a cada uno de los dos inmigrantes, pero el Gobierno recurrió ante la Gran Sala, que debía emitir su veredicto el 4 de julio. Sin embargo, el Alto Tribunal acaba de anunciar que pospone dos meses y medio la audiencia para conocer la sentencia definitiva, concretamente el 19 de septiembre, a las 9.15 horas, en el edificio de Derechos Humanos en Estrasburgo. Así aparece reflejado en la página web del TEDH, que señala que aunque la Corte se basa habitualmente en procedimientos escritos, “ocasionalmente decide llevar a cabo audiencias públicas en casos específicos”, como es este caso, que adquirió una gran relevancia por las críticas que ha recibido en los últimos años el Gobierno de España por las devoluciones de inmigrantes.
Tras la condena del TEDH a España por las devoluciones de estos inmigrantes, el anterior delegado del Gobierno, Abdelmalik El Barkani, insistió en que los rechazos en frontera ante intentos masivos de entrada irregular tienen “cobertura legal”, y puntualizó que aquellos hechos fueron anteriores a la reforma de la Ley de Extranjería en la que se incluyeron los rechazos en frontera en los perímetros fronterizos de Melilla y Ceuta a través de una enmienda a la Ley de Seguridad Ciudadana.
Asimismo, tanto El Barkani como el presidente melillense, Juan José Imbroda, afirmaron que la condena a España por parte del TEDH por la actuación de la Guardia Civil en la valla podría dar lugar a un aumento de la presión migratoria en la frontera.

Cuatro años después
Con la decisión de posponer la audiencia sobre este caso, la sentencia definitiva por la devolución de dos inmigrantes sin identificar se producirá más de cuatro años después de los hechos.
En la primera sentencia, que se dio a conocer en octubre de 2017, el TEDH condenó a España por considerar que en los hechos denunciados se había producido una expulsión colectiva y se había impedido el acceso a un recurso, algo que viola la Convención Europea de los Derechos Humanos.
La sentencia, cuyo fallo era unánime -aunque recogía un voto particular del juez ruso Dmitry Dedov-, se refería al retorno inmediato de dos inmigrantes, N.D. y N.T., de Malí y Costa de Marfil, registrado el 13 de agosto de 2014, que habían intentado entrar en territorio español a través de la valla de Melilla.
Según el auto, ambos inmigrantes fueron expulsados y enviados de vuelta a Marruecos en contra de sus deseos sin que mediara intervención administrativa o judicial previa.
En este sentido, el TEDH señaló que “en ningún momento” fueron sometidos a procedimiento de identificación por parte de las autoridades, y llegó a la conclusión de que las medidas adoptadas corresponden a una actuación de naturaleza colectiva.
Además, añadía que la versión de las demandantes sobre su intento de escalar la valla hacia Melilla fue corroborada por numerosas declaraciones de testigos y periodistas, recogidas por los comisionados de la ONU para Refugiados y Derechos Humanos.
Por último, el Tribunal de Estrasburgo detectó un “vínculo claro” entre la “expulsión colectiva” en la frontera de Melilla y la falta de acceso a un recurso que les hubiese permitido presentar su queja ante una autoridad competente y obtener un minucioso y riguroso examen de sus solicitudes antes de ser devueltos.
N.D. y NT, de 31 y 32 años, llegaron a Marruecos en 2013 y 2012, pasaron meses en el monte Gurugú y tras el intento en el que fueron devueltos a Marruecos en 2014, consiguieron finalmente entrar en España a través de Melilla. Contra ambos fueron dictadas sendas órdenes de expulsión. N.D. fue retornado a Mali en marzo de 2015, mientras que la actual situación de N.T se desconoce.

Recurso
Tras esta condena, muy celebrada por asociaciones, ONG y diferentes partidos políticos, el Gobierno de España decidió presentar un recurso en el plazo de tres meses establecido para que las partes pudieran solicitar que la Gran Sala del Tribunal, integrada por 17 jueces, revisara el caso.
Un panel de cinco jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos decidió a finales de enero admitir el recurso presentado por el Gobierno de España contra esta condena, por lo que la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo tiene que analizar de nuevo el fondo del asunto y emitir un nuevo pronunciamiento.
Es poco frecuente que se remitan casos a la Gran Sala, ya que desde que en noviembre de 1998 entró en vigor el protocolo que regula este sistema, el panel de jueces ha examinado 2.129 solicitudes de remisión y sólo ha aceptado el 5,16%. De esos 110 casos admitidos, 59 fueron instados por gobiernos, 44 por particulares y siete por ambas partes, de acuerdo a los datos del Tribunal de Estrasburgo.

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Redacción

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