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La Justicia vuelve a dar la razón a un aspirante a la Policía Local eliminado en la prueba psicológica

Nueva sentencia sobre las oposiciones a la Policía Local

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado desestimar el recurso de apelación que presentó la Ciudad Autónoma de Melilla contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla, emitida hace poco más de un año, en la que daba la razón a un aspirante de las oposiciones a la Policía Local que había sido declarado no apto en la prueba de entrevista psicológica y fue descalificado de dicha convocatoria.

En esta sentencia, a la que ha tenido acceso MELILLA HOY, el TSJA no solo no da la razón a la Consejería de Administraciones Públicas, sino que además le impone el pago de las tasas. No obstante, podrá presentar un recurso de casación en un plazo de 30 días ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
El abogado del aspirante al que la Justicia ha dado nuevamente la razón, Antonio Suárez-Valdés, cree que la sentencia del TSJA “era la crónica de una muerte anunciada”. A su juicio, “desde hace ya varios años, se viene detectando cómo la prueba de entrevista psicológica desarrollada en algunos de los procesos selectivos venía sirviendo para despojar de sus posiciones en los concursos de acceso a la función pública a aspirantes perfectamente válidos y que presentaban unos mejores resultados objetivos”.
Ello, según el abogado, se hacía “en beneficio de otros aspirantes peor clasificados, mediante una prueba completamente subjetiva, atentatoria contra los derechos constitucionales de los aspirantes, y carente de cualquier soporte probatorio admisible en derecho”.
Esa fue la razón, apuntó Suárez-Valdés, por la que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla dictó una sentencia por la que estimaba el recurso que presentó un aspirante a la Policía Local que había sido declarado no apto en la prueba de entrevista, lo que ha desencadenado “una larga cadena de reclamaciones contra la Ciudad Autónoma por el mismo motivo y en diferentes convocatorias de acceso a puestos de la Administración, tales como la Policía Local o los Bomberos”.

“Colocar a los amiguetes”
En esa sentencia inicial, como recordó el letrado, el juzgado estimó la pretensión del aspirante que fue eliminado al entender que en el expediente no costaban ni las preguntas formuladas al opositor, ni las respuestas que este dio, sino unos formularios estereotipados, “rellenados sin el menor rigor por los especialistas asistentes del Tribunal de Selección”.
La sentencia apuntaba además que en el expediente tampoco aparecerían referidos los criterios de valoración cualitativa para la iniciación del juicio técnico para valorar los factores de la personalidad del aspirante, ni se expresaría por qué su aplicación conduce necesariamente al resultado que se otorga a unos candidatos en relación con los demás.
En resumidas cuentas, según Suárez-Valdés, se trataría de un procedimiento de evaluación “contrario a la normativa y a la jurisprudencia vigente, y que vendría a convertir dicha entrevista psicológica en el instrumento para eliminar a aquellos opositores con mayores méritos y para poder colocar, en su lugar, a los amiguetes”.
La del juzgado de Melilla fue recurrida por la Ciudad Autónoma ante el TSJA, que tras recordar la doctrina del Tribunal Supremo sobre la materia ha desestimado dicho recurso, confirmando íntegramente la sentencia dictada en octubre del año pasado y condenando a la Administración melillense al pago de las costas.

Denuncias por prevaricación

El letrado señala que “este tipo de declaraciones de falta de aptitud psicológica de opositores con algunos de los primeros números de las pruebas de oposición se vienen produciendo de manera alarmante y sistemática en los últimos tres años en numerosas oposiciones convocadas por la Ciudad Autónoma”.
En este sentido, su despacho ha presentado denuncias penales por supuestos delitos de prevaricación y falsedad documental contra políticos y psicólogos que han formado parte del tribunal en casos similares ante los juzgados de Instrucción de Melilla.
El abogado ha confiado en que “esta sentencia sirva para zanjar este tipo de irregularidades”, de modo que “en Melilla se pueda garantizar un acceso a la función pública en condiciones de igualdad y no alterada por los amiguismos o las pruebas de selección subjetivas”.

Piden revocar el nombramiento “injusto” como policías locales

El abogado Suárez-Valdés considera que esta nueva sentencia debería llevar a la Ciudad Autónoma a “revocar los nombramientos como policías locales de todos aquellos agentes que fueron nombrados de forma injusta en dicha convocatoria” y proceder de inmediato al ingreso en la Policía Local del aspirante al que la Justicia ha dado la razón dos veces en apenas un año.
También solicita para dicho aspirante que la Ciudad Autónoma le pague las retribuciones que le hubieran correspondido en derecho si hubiera sido admitido con el resto de su promoción de origen, y una indemnización por los daños causados que podría superar los 100.000 euros, la misma cantidad que pide para los cinco aspirantes que se encuentran en la misma situación.

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Redacción

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