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Condenan a pagar 810 euros a un marroquí por provocar un accidente conduciendo borracho

El conductor provocó el accidente en el barrio del Tiro Nacional

Sobre la una de la madrugada del 20 de enero de 2018, un ciudadano marroquí residente en Melilla tuvo un accidente en el Barrio del Tiro Nacional tras colisionar con dos coches que se encontraban circulando. El hombre, que ya tiene antecedentes por conducir bebido, iba haciendo zigzag y provocó daños valorados en más de 500 euros. Los agentes de Policía Local que acudieron al lugar de los hechos no pudieron practicar la prueba de alcoholemia porque el acusado presentaba una herida en la cabeza y primaba su seguridad. El acusado reconoció los hechos y aceptó una condena de 810 euros de multa y 2,5 años sin carnet. Sobre la una de la madrugada del día 20 de enero de 2018, un hombre de nacionalidad marroquí y residente en Melilla circulaba en su vehículo por la calle Vicente Maeso, en El Barrio del Tiro Nacional, haciendo “zig-zag”. El conductor se introdujo entonces en la calle Juan Guerrero Zamora, donde colisionó con dos vehículos, causándoles considerables daños.
En el siniestro el acusado se hirió en la frente, de modo sangraba profusamente cuando una patrulla de agentes de la Policía Local se personó en el lugar de los hechos. Los agentes no pudieron realizar la pertinente prueba de alcoholemia, dado que consideraron prioritario atender las heridas del acusado, si bien en declaraciones posteriores (atestado) dejaron constancia de que el acusado presentaba claros síntomas de encontrarse bajo los efectos del alcohol: desprendía olor a alcohol, no hablaba con claridad, se tambaleaba, etc.
En un principio, el acusado, que ya había sido condenado en el pasado (2017) por conducir bajo la influencia de las bebidas alcohólicas, negó los hechos y atribuyó la sintomatología referida por los agentes a que se encontraba bajo los efectos de una medicación recetada y sólo le había dado un mareo, si bien, aconsejado por su letrado (si era condenado a prisión ingresaría en la cárcel por contar con antecedentes), el acusado finalmente accedió a reconocer los hechos en aras de conseguir un trato favorable por parte de la Fiscalía, que en un principio interesaba para él la imposición de una pena de 6 meses de prisión más 3 años de retirada del permiso de conducir por la comisión de un delito contra la seguridad vial (conducción bajo los efectos de las bebidas alcohólicas).
Finalmente, Fiscalía y defensa llegaron a un acuerdo de conformidad por el cuál el Ministerio Público rebajó sus pretensiones, quedando la condena en tan sólo 9 meses de multa a razón de 3 euros diarios (810 euros) y retirada del carnet por un plazo de 2,5 años. De no abonar la multa, el acusado debería cumplir 4,5 meses de prisión.
El acusado no tuvo que hacer frente a los gastos derivados de la indemnización porque su aseguradora, MAPFRE, ya se había hecho cargo de satisfacer al perjudicado los 507,27 euros que reclamaba por los daños en su vehículo.

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Fernando Lamas Moreno

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