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La ONU reprocha a España la devolución sumaria de un menor en la valla de Melilla

El joven ante las oficinas de Fundación Raíces

El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas ha desaprobado la devolución sumaria a Marruecos de un menor no acompañado procedente de Mali que en el año 2014 saltó la valla fronteriza de Melilla con el país alaui. Asimismo el dictamen del Comité ha concluido que la ley y la práctica española vulneran varios derechos contenidos en la Convención de los Derechos del Niño. El caso, que llegó ante la ONU por Fundación Raíces y European Center for Constitutional and Human Rights (ECCHR), ha generado el primer dictamen de Naciones Unidas sobre las devoluciones sumarias de menores de edad. Esta práctica –también conocida como devolución en caliente– está recogida en la Ley de Seguridad Ciudadana, una norma que bajo la figura jurídica del 'rechazo en frontera' ampara la expulsión a Marruecos de los migrantes interceptados en el salto de las vallas de Ceuta y Melilla.

Dictamen
Pero el dictamen del Comité ha concluido que la ley y la práctica española vulneran varios derechos contenidos en la Convención de los Derechos del Niño. Concretamente, alega que las autoridades españolas no identificaron al menor, no se le brindó la "protección y asistencia especial en su condición de niño no acompañado (artículo 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño).

Tampoco respetó el principio de no devolución, al tiempo que expuso al menor "a correr el riesgo de sufrir actos de violencia y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Marruecos (artículo 37). Según apunta, España "no consideró el interés superior del niño" (artículo 3 de la Convención).

D.D., que es el maliense que siendo menor de edad fue expulsado de Melilla, acababa de saltar las vallas fronterizas y ya había entrado en territorio español, cuando agentes de la Guardia Civil inmediatamente le detuvieron, le esposaron y le entregaron a las fuerzas de seguridad marroquíes, según denuncia.

No tuvo ni posibilidad de reclamar protección como menor no acompañado, ni fue asistido por un abogado ni tuvo intérprete, por lo que no contó con las garantías jurídicas pertinentes. "Me siento feliz y más libre ahora. Me gustaría que todo el mundo lo supiese y que no volviese a ocurrir nunca más", señala tras conocer el dictamen. En la actualidad D.D. trabaja como jardinero en Madrid.

Denuncia de Fundación Raíces
Desde Fundación Raíces, que ha llevado la defensa de sus derechos como menor de edad en España, sostiene que la decisión del Comité "sienta un precedente que garantiza los derechos de los menores no acompañados en las fronteras europeas".

La fundación insiste en que esta resolución obliga al Estado español a revisar la ley de Seguridad Ciudadana y la legislación que autoriza este tipo de devoluciones sumarias en Ceuta y Melilla "para evitar que se cometan violaciones de derechos similares en el futuro". Asimismo, se condena a España a proporcionar a D.D. "una reparación adecuada, incluida una indemnización financiera y rehabilitación por el daño sufrido". "La decisión tiene una importancia fundamental para la protección de los menores no acompañados, no sólo en la frontera hispano-marroquí, sino en las fronteras terrestres en general", ha afirmado el representante de D.D. y abogado cooperante de ECCHR, Carsten Gericke.

Por su parte, la presidenta de Fundación Raíces, Lourdes Reyzábal, ha dicho que "este caso, una vez más, pone en evidencia que, en España, en el caso de los niños extranjeros, las políticas de protección a la infancia están sometidas a las políticas de extranjería y del control de los flujos migratorios". Según ha apuntado, "las fronteras siguen siendo espacios donde no se respetan los derechos de las personas y donde no existen las garantías jurídicas básicas". "Esperamos que España cumpla con el Dictamen de la ONU y recuerde que debe cumplir con el Derecho Internacional y con todos los Tratados y Convenios que voluntariamente ha firmado y ratificado", ha manifestado.

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Redacción

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