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“Melilla no puede ser una ‘zona franca’ de derechos”

Antonio Zapata ha destacado que "el ordenamiento jurídico no permite tratar a los menores como simples extranjeros: son, precisamente, menores”

Aprovechando la presencia en Melilla de la Subcomisión de Extranjería y Protección de Internacional del Consejo General de la Abogacía Española, el periódico MELILLA HOY entrevista al prestigioso abogado Antonio Zapata, experto en cuestiones migratorias y extranjería, para conocer su opinión respecto de las cuestiones que suscitan el interés actual en materia de nacionalidad, menores y las devoluciones en caliente. La Asamblea de Melilla, con los votos a favor del PP, ha aprobado en el Pleno de la Asamblea solicitar al Ejecutivo central modificar el Código Civil para endurecer los requisitos para la adquisición de la nacionalidad española a los niños no residentes que nacen en el Hospital Comarcal y exigir un mínimo de diez años de residencia en España para obtener el DNI. ¿Qué posibilidades tiene de prosperar esta petición?
Entiendo que es una medida electoralista, política, con poco fundamento y no suficientemente fundamentada jurídicamente, aprobada con ligereza. Se ha articulado al final de una legislatura, estatal y autonómica. Y a través de una herramienta muy importante reconocida en el Estatuto de Autonomía de Melilla que apenas ha sido utilizada; me refiero a la iniciativa legislativa (¡ay! Cuánto se podía haber hecho). No encuentro otra explicación. Claro que el legislador puede dentro de su ámbito de libertad y oportunidad política, realizar las modificaciones que estime oportunas, pero no de manera singular para Ceuta y Melilla, en este caso. Las leyes singulares tienen límites; uno de ellos es la igualdad –se crearían distintas categorías o grupos de extranjeros, aún más marcadamente, dependiendo del territorio y el origen-; pero, además, hay unos límites que el Tribunal Constitucional se ha encargado de señalar desde la sentencia que enjuiciaba la ley que amparaba la expropiación de Rumasa, como paradigma de ley singular y más rotundamente desde 2013.; no se puede entender jurídicamente esta reforma. Si tendría mejor justificación una reforma general, que afectase a todos, que incluso pudiese endurecer los requisitos de duración de residencia para acceder a la nacionalidad española, pero general, abstracta, que son las notas características del concepto ley; sería una opción aunque yo no la compartiría, por supuesto.

La medida tiene un trasfondo exclusivamente político. Se trataría de una ley exclusivamente para Melilla, que trataría de limitar el acceso a la nacionalidad, que es un derecho, como incluso entiende el Tribunal Europeo de Derechos Humanos TEDH, un derecho ya conformador de la intimidad como derecho fundamental. Y la legislación actual se ha ido encargando de dar contenido a ese derecho, entendiendo la nacionalidad como pertenencia a una nación y ostentar la ciudadanía como participación en el Estado. La nacionalidad es la forma de integración final de una persona en el país en el que vive, trabaja, contribuye con su trabajo y paga impuestos. En esta cuestión, se quiere anunciar una medida con fines electorales, casi con transversalidad jurídica, que no hace sino predecir una mutilación, por temor, del pluralismo social y político propio de una sociedad democrática avanzada, impidiendo que algunos no participen de las decisiones que les afecten. Lo que nos debe preocupar son las condiciones de vida de la ciudadanía en su conjunto, casi como el objetivo que se daba en el inicio del estado social, así como la plena integración, a través del disfrute de los derechos políticos, de las personas que han accedido tardíamente a la nacionalidad y no buscar fórmulas deslegisladoras que provoquen regresiones en los derechos, en sus conquistas históricas, como en el caso de Melilla.

¿Qué incidencia tendría en la residencia de extranjeros marroquíes en Melilla?
Los requisitos de acceso a la residencia en Melilla están previstos en la legislación de extranjería; lo realmente dificultoso es el empadronamiento en esta ciudad, de lo que ya se encarga la administración melillense. La tramoya de la medida está en el disfrute de los derechos políticos por quienes adquieran la nacionalidad; se les está atribuyendo un sentido dirigido y no de libertad de voto, expresión del principio democrático, base de un estado democrático. Eso es lo que parece preocupar a quien realiza la propuesta. Presume que no obtendría respaldo de los ciudadanos que accediesen a la nacionalidad.

¿Pero, podemos admitir más extranjeros?
Desde los más reputados organismos internacionales se asocia el crecimiento económico de España en los próximos años a la llegada de inmigrantes. Ese dato es objetivo y quizás no suficientemente explicado.

Esta propuesta política viene motivada por la alta tasa de partos de mujeres marroquíes que asume el Hospital Comarcal cada año que señalan de hasta el 61% de los partos atendidos en 2017, ¿es posible implementar alguna medida distinta para que Melilla no “sufra” ese colapso sanitario y las consecuencias que de ello se pueden prever a largo plazo?
Demos mirar a Marruecos. Las relaciones bilaterales (en todos sus ámbitos, estatales y locales) debe ser fluida, excelente, cooperativa. Fuimos país protector en Marruecos, tenemos una obligación histórica, moral, solidaria. Muchos de los problemas que tratamos en esta entrevista, de la situación referida a la presión migratoria, niños en situación de calle, menas, podían abordarse con inversiones en infraestructuras, por ejemplo hospitalarias, formativas, de formación profesional, o cualquier otra que contribuya a mejorar las condiciones de vida también de aquellas personas que necesitan vitalmente llegar a Melilla por carencia o imposibilidad de acceder a determinados servicios en su país.

Pregunto si tenemos a nivel local alguna partida presupuestaria para ello. La respuesta es no, pero paradójicamente, si es queja el servicio hospitalario para ciudadanos marroquíes. Durante tantos años atrás, con miras más amplias, ¿no se podía haber hecho algo más que quejarse o suprimir la sanidad universal, ya felizmente recuperada, para dar solución al problema? Dejo ahí la pregunta. La construcción y dotación por España, en la zona de influencia de Melilla en el Marruecos más próximo de un hospital materno infantil, con medios materiales y profesionales puede contribuir a ello. Y es que la cooperación internacional, tan mermada presupuestariamente en los últimos tiempos, es una buena receta para comenzar.

Otra de las medidas aprobadas por el grupo popular persigue modificar la Ley de Protección del Menor y la Ley de Extranjería para considerar a los menores extranjeros no acompañados como inmigrantes económicos. Primero, ¿es necesario? Y segundo, ¿es viable que esto se produzca?
De manera rotunda entiendo que no es posible. Mire, España tiene suscrito diversos convenios internacionales que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico en su conjunto, como cualquier otra norma. Son, precisamente, menores, antes que extranjeros, no simples extranjeros. Y si están aquí es porque han abandonado su país, por diferentes motivos. ¿Acaso el económico o laboral en adultos no es uno de entre esos diversos motivos? Es una obviedad. Pero están aquí, han llegado, han atravesado la frontera. La idea de la que parte la propuesta, el matiz económico y aplicación de legislación de extranjería, ya ha sido superada por la doctrina del TEDH, en la que parece apoyarse de salida la propuesta, en numerosísimas resoluciones desde finales de siglo pasado. Lo que está en juego son niños y jóvenes que son personas menores de edad, especialmente vulnerables. La pregunta termina con pregunta, ¿se hacen gestiones para retornar a esos menores a su entorno familiar? ¿Se ha presupuestado esta partida en alguna ocasión? Parece que lo rentable políticamente es gestionar la miseria, gestionar la expulsión, sin medidas estructurales que vayan intentando desarrollar al menor mientras se gestiona su reintegración familiar, si es posible. Cumplir la ley hasta agotarla y entonces hablar de reforma; y si la competencia en materia de menores no se puede desarrollar ni ejercer porque resulta, en el amplio sentido, un fracaso, se tendrá que abordar la devolución de la competencia al Estado.

Además esta medida supone un tratamiento distinto del menor según su origen. Eso suena a políticas norteamericanas actuales. Si España legislase en se sentido quedaríamos apartados de dicha convención.

El Comité de los Derechos del Niño ha condenado a España por la devolución en caliente de un menor que saltó la valla de Melilla en 2014. ¿Esto puede sentar algún precedente a nivel jurídico que acabe modificando el procedimiento actual de rechazo en frontera?
Nos adherimos en su día a la Convención y la ratificamos; otros países no, como EEUU. Este asunto ha supuesto un trabajo extraordinario de la Fundación Raíces de Madrid. El Dictamen del Comité ha concluido que la ley y la práctica española vulneran los derechos contenidos en los artículos 3, 20 y 37 de la Convención de los Derechos del Niño: las autoridades españolas no identificaron al menor, no tuvieron en cuenta el interés superior del niño, no le proporcionaron asistencia especial como menor de edad e incumplieron la prohibición de tortura u otros tratos crueles, inhumanas o degradantes.

Pero obsérvese también, de la letra del dictamen que ya ha sido ampliamente divulgado en la prensa, que se obliga al Estado español a que revise la norma que permite las devoluciones en caliente, en Ceuta y Melilla para evitar que se cometan violaciones de derechos similares en el futuro. Se condena a España a reparar el daño causado al menor. Es particularmente grave. Esperemos que surta efectos esta declaración y se actúe en consecuencia, prohibiéndose las devoluciones en caliente, legislando en ese sentido o anulando la norma por el Tribunal Constitucional.

¿Confía en una resolución favorable del Tribunal Constitucional respecto de las devoluciones en caliente?
Soy contrario a ese tipo de actuación sumaria y sin garantías, vulneradoras de derechos. No soy adivino. Pero hay ahora elementos nuevos que permiten albergar el acogimiento favorable. Habrá que esperar el pronunciamiento de TC del recurso de inconstitucionalidad interpuesto respecto de las “devoluciones en caliente” que se incluyeron en la Disposición final primera Régimen especial de Ceuta y Melilla de la Ley de Seguridad Ciudadana que modificaba la Ley de Extranjería. No obstante, aventuro, que tras los pronunciamientos de Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenatorio frente a España y ahora el dictamen del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas en el caso D.D. c. España, influyan de manera importante como material interpretativo para que el Tribunal Constitucional acabe declarando inconstitucional lo que conocemos como “las devoluciones en caliente”.

Ahondando en el capítulo frontera. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha reiterado que el Gobierno central va a retirar las concertinas en las “zonas más sensibles” de los perímetros fronterizos de Ceuta y Melilla. El Gobierno de Melilla aboga por todo lo contrario. ¿Cuál sería la solución desde su punto de vista?
Sobre esta cuestión he tratado de exponer mi opinión en otras ocasiones; entiendo desde que se instalaron que eran medidas agresivas que, finalmente no cumplían su objetivo disuasorio y producían lesiones y menoscabos innecesarios. Se pronunció a favor de su retirada el Consejo General de la Abogacía, a través de la Subcomisión de extranjería, precisamente por una iniciativa propuesta que yo formulé. Si antes censuraba y criticaba ese medio anti-intrusión y ahora siguen estando pese a la intención y anuncio del ministro, yo sigo censurándola y pensando que deben erradicarse, sea el gobierno que sea. No se puede es mantener aquí un discurso soto voce y otro distinto y contrario en Madrid, dependiendo de quién gobierne. Lo que sucede es que el poder quiere juristas dóciles, necesita juristas dóciles, en todos los ámbitos. Soy crítico con el poder que instrumentaliza. Por encima de ello y ellos está la conciencia del compromiso que te lleva a actuar, criticar y expresar otra opinión, aunque no guste, pero fundada; no se puede hablar de derecho, en términos jurídicos si no quieres molestar al poder, el que sea. Sin embargo, para solucionar un problema primero hay que detectarlo, describirlo y reconocerlo; los dóciles no ven problemas solo parches buscando resultados y réditos.

Mientras el Gobierno español aboga por retirar las concertinas, conocemos que en Marruecos se están reforzando zonas e incluso se están levantando alambradas. ¿Estamos centrando el debate solo en este lado de la frontera y nos estamos olvidando de lo que ocurre en el lado marroquí?, ¿los inmigrantes están allí olvidados a su suerte, tanto jurídica como humanitaria?
La frontera sur de la Unión Europea, hace tiempo que está externalizada. El Reino de Marruecos cumple con esa función, a través de ayudas diversas de diferente naturaleza y objetivo, que serían difíciles resumir en esta entrevista. La política migratoria común, desde Bruselas, para con la frontera sur, Ceuta y Melilla, gravita en torno al papel de Marruecos, convertido en gendarme de la Unión Europea. Se ha alejado el “alejamiento de frontera”, el tradicional y básica competencia de los estados para con sus fronteras – a las propias fronteras de Marruecos con otros terceros países. De las actuaciones profesionales como abogados observamos que la presión migratoria en Ceuta y Melilla depende directamente del mayor o menor control migratorio que el Reino de Marruecos ejerza. Pero, las ayudas a Marruecos deben ir acompañadas de una contraprestación innegociable: el respeto absoluto a los derecho humanos de todas las personas migrantes.

¿No piensa que un amplio sector de la población no entendería la supresión de las devoluciones en caliente?
Tiene razón, podría ser. Pero mire, ahí está la tarea del legislador; el legislador no puede legislar a su simple capricho, basándose en criterios exclusivamente de oportunidad política, ahora electoralista, sino que debe hacerlo con observancia de la Constitución y del resto de normas de nuestro ordenamiento, de las que forman parte la serie de convenios suscritos por nuestro país. Lo he dicho en varias ocasiones, el derecho es la política por otros medios, pero ante todo es derecho y responde al pluralismo social. Es ahí donde quedan los poderes públicos vinculados en su actuación a la Constitución y al resto del ordenamiento. Cumplir la ley, observarla e interpretarla también conformemente, que implica respetar los derechos humanos.

Lo que yo no entiendo, ni se entendería por un observador jurista, es que en materia de extranjería, menores, nacionalidad –si prosperase la reforma ahora expuesta por el gobierno local-, supongan que Melilla, Ceuta, sean zonas francas en derechos humanos, en derechos fundamentales.

De ahí que sea necesaria una pedagogía jurídica, desde las instituciones garantes de los derechos y colectivos de operadores jurídicos como los Colegios de Abogados, desempeñando un destacado papel explicativo, con argumentos jurídicos, que los hay y de entidad suficiente, sosteniendo su inadmisión en el ordenamiento jurídico español y articular otras vías, proporcionales, adecuadas y sujetas a la Constitución y al Convenio Europeo de Derechos Humanos

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Redacción

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