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El Gobierno elimina el plazo de 10 días lectivos para nombrar a un profesor sustituto

El Gobierno ha derogado el artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2012, que establecía que para la sustitución de profesores en los centros docentes públicos, se podía llevar a cabo solo cuando hubieran transcurrido diez días lectivos desde la situación que daba origen a este nombramiento, y que obligaba entre tanto a atender la baja con los recursos del propio centro docente. Tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado viernes, 8 de marzo, "esta medida impuesta por el Gobierno del PP ha sido especialmente gravosa y excesivamente rígida para la organización de la actividad ordinaria de los centros docentes y ha tenido repercusiones negativas en la eficacia organizativa de los centros docentes así como en la calidad de la enseñanza y en la atención al alumnado”, según el documento.

Con la derogación, el Ejecutivo que preside Pedro Sánchez persigue, por tanto, restablece la situación anterior al Real Decreto-ley 14/2012, en aras de "una mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria".

Medidas de mejora
Además, el BOE del viernes recoge la derogación de los artículos 2 del Real Decreto-ley 14/2012, que aumentaba la ratio máxima de alumnos por aula; y el artículo 3, que incrementaba la parte lectiva de la jornada del personal docente.

Así, tal y como explica el BOE, el Gobierno de Rajoy, aprobó la posibilidad de elevación hasta en un 20% de las ratios máximas de alumnos por aula establecidas. El Gobierno socialista justifica la supresión de esta medida, ya que su mantenimiento “tendría un alto impacto en la garantía de los estándares de calidad de la enseñanza que se ven afectados con la elevación del número de alumnos por aula”.

Por otro lado, el Ejecutivo del PP también estableció en su artículo 3 el incremento de la parte lectiva de la jornada del personal docente en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos, hasta un mínimo de 25 horas en educación infantil y primaria y de 20 en las restantes enseñanzas.

El BOE explica, sin embargo que, “siendo este un aspecto que venía siendo regulado por cada Administración Educativa, ante el cambio de coyuntura económica y al no concurrir ya las circunstancias que motivaron la aprobación de la medida en el Real Decreto-ley 14/2012, parece razonable revertir la situación y dejar nuevamente margen a las diferentes Administraciones Educativas para la regulación de la materia”.
“Hay que tener presente además que esto no afecta a la jornada laboral de los docentes, que se mantiene en los mismos límites que para el resto de los empleados públicos”, deja claro el BOE.

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Redacción

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