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Las fechas clave tras las elecciones generales de hoy

La jornada electoral de este domingo pondrá en marcha un proceso administrativo e institucional dirigido a renovar dos de los tres poderes del Estado de Derecho: el Legislativo (Cortes Generales) y el Ejecutivo (Gobierno). Las nuevas Cámaras se constituirán el 21 de mayo y, a partir de ahí, entrará en juego el Rey, que abrirá una ronda de consultas con los portavoces parlamentarios en busca del candidato a una investidura que, como pronto, no tendrá lugar hasta principios de junio. No todos los plazos están reglados, pero éstas son las fechas clave de este tránsito:

– 28 de abril: A las 20 horas se cierran los colegios electorales y se introducirán en las urnas los sobres de los votantes por correo y los de los miembros de la mesa. A continuación comienza el recuento de las papeletas, que tiene carácter público. Las cifras se recogen en un acta que se envía a Interior y sobre las 22.00 horas se conocerán ya datos generales con un alto nivel de escrutinio.

– 1 de mayo: Comienza el escrutinio general en las juntas electorales provinciales, que tienen hasta el sábado día 4 para completar su labor. Es un recuento público donde ya se incluyen los votos del extranjero de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

– A partir del 5 de mayo, una vez resueltos todos los recursos, se proclamarán los resultados y las juntas electorales irán expidiendo las credenciales para que los diputados y senadores puedan presentarse en el Congreso y en el Senado para acreditarse. El desfile de los nuevos parlamentarios para hacer el ‘papeleo’ se espera a partir del lunes, 6 de mayo.

– 21 de mayo: A las diez de la mañana se constituyen simultáneamente, cada uno en su sede, el Congreso y el Senado. Es el día en el que los parlamentarios eligen a los presidentes y las Mesas de las Cámaras y prometen o juran la Constitución. Ese mismo martes, la persona que ocupe la Presidencia de la Cámara baja se desplazará al Palacio de la Zarzuela para informar al Rey con el fin de que pueda abrir una ronda de consultas con los partidos representados del Congreso para decidir a quién encarga someterse a la Sesión de Investidura.

– 24-26 de mayo: Cierre de campaña y celebración de las elecciones europeas, municipales y autonómicas. El hecho de que la constitución del Congreso se vaya a producir a tan sólo cinco días de esas votaciones, previsiblemente obligará a retrasar la ronda de consultas que el Rey tiene que celebrar con los partidos para buscar un candidato a la Presidencia del Gobierno. Esos contactos suelen producirse los días posteriores a la constitución de la Cámara Baja, pero en esta ocasión es posible que se pospongan a la última semana de mayo.

– 27 de mayo: Al constituirse el Congreso se abre un plazo de cinco días para formar los grupos parlamentarios siguiendo las previsiones reglamentarias. La Mesa del Congreso debe ratificarlos en torno al 28 de mayo para constituir la Junta de Portavoces, que es el órgano que debe ordenar el Pleno de Investidura, cuando se convoque.

– Primera semana de junio: Habiendo acuerdo entre algunas fuerzas políticas, se calcula que el Pleno de Investidura podría celebrarse, como muy pronto, a principios de la primera semana de junio. Será investido presidente aquel candidato que consiga la confianza del Congreso por alguna de estas dos vías: en la primera votación sumando la mayoría absoluta (176 diputados) o, en una segunda oportunidad, 48 horas después, logrando más votos a favor que en contra.

a) Segunda semana de junio: Si se ha logrado la investidura en esas fechas, a partir del 10 de junio podría haber ya nuevo Gobierno y sus ministros empezarán a comparecer ante el Parlamento para exponer sus planes. Y con un Ejecutivo a pleno rendimiento habría que organizar en las semanas siguientes la Sesión Solemne de Apertura de Legislatura, presidida por el Rey.

b) Primera semana de agosto: Por el contrario, si no se ha logrado la investidura, tras la primera votación fallida comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Eso implica que, si hay un fracaso a principios de junio, como ocurrió con la fallida investidura de Pedro Sánchez en marzo de 2016, y si no se logra una alternativa viable en los dos meses posteriores, habría que disolver las Cortes nuevamente a principios de agosto para acabar celebrando elecciones. Sería la segunda vez que habría que repetir unas elecciones generales que, según este hipotético calendario, se convocarían a finales de septiembre.

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Redacción

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