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Hoy se recuenta el voto de los residentes ausentes (CERA

Son más de mil votos de diferencia que hacen prácticamente imposible que Díaz de Otazu pierda el escaño de diputado en el Congreso de en favor de Jaime Bustillo
La Junta Electoral de Melilla procederá este miércoles 1 de mayo al escrutinio oficial de los votos de las elecciones generales del 28 de abril, incluyendo ya el voto de los residentes ausentes (CERA) llegado desde el extranjero. El domingo, con el cien por cien del escrutinio, Melilla decidió con el 23,91% de los votos (frente al 49.90 de 2016) que el escaño en el Congreso lo ocupe Fernando Gutiérrez Díaz de Otazu, candidato del Partido Popular, al tiempo que los también populares Juan José Imbroda con el 27,30% de los votos y Sofía Acedo con el 22,31% se alzaron con los dos escaños a la Cámara Alta. A pesar de que CPM y su candidato a diputado Mustafa Aberchán estuvieron en cabeza en el recuento hasta el 80% de los sufragios, a partir de ese porcentaje el PP le consiguió superar con 8.082 papeletas y en el último tramo también el PSOE, después de que Jaime Bustillo lograra 7.005 votos (20,72% del total) frente a los 6.890 de Aberchán de CPM (20,38%).

Son más de mil votos de diferencia que hacen prácticamente imposible que Fernando Gutiérrez Díaz de Otazu pierda el escaño de diputado en el Congreso en favor de Jaime Bustillo.

En el Senado ocurre otro tanto de lo mismo, con una diferencia amplia para los candidatos del PP. Así Juan José Imbroda fue el más votado con 8.732 votos (27,48%), seguido de la también popular Sofía Acedo, que logró 7.135 votos (22,45%). El tercer puesto fue para la cepemista Dunia Almansouri, con 6.594 votos (20,75%); seguida por la socialista Cristina Morales del Pino con 6.397 votos.

No parece, por tanto, que el recuento de hoy vaya a variar los nombres de los elegidos parlamentarios nacionales en las elecciones generales en Melilla.

Durante este escrutinio, la junta electoral provincial no puede anular ningún acta ni voto, debiéndose limitar a verificar sin discusión alguna el recuento y la suma de los votos admitidos por las mesas, limitándose a subsanar los meros errores materiales o de hecho y los aritméticos. Lo que sí puede hacer es declarar válidos los votos indebidamente anulados por las mesas electorales.

Concluido el escrutinio, los representantes de las candidaturas pueden presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante esa misma junta electoral. Las reclamaciones sólo pueden referirse a las incidencias que hubieran sido recogidas en el acta de sesión de las mesas o se indiquen en el acta de sesión del escrutinio de la junta electoral.

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