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El abogado hace hincapié en que se pueden acoger a ella personas físicas y autónomos teniendo que cumplir unos requisitos

Enrique Alcoba: “La ley de segunda oportunidad es un mecanismo para los melillenses que están sobreendeudados”

El abogado Enrique Alcoba lleva colegiado desde el año 2013

El despacho de abogados de Enrique Alcoba, situado en la calle General Marina nº11 primero izquierda, es pionero en Melilla a la hora de gestionar la ley de segunda oportunidad, “un mecanismo con el que ayudar a los melillenses que están sobreendeudados”. El letrado, en una entrevista a este Diario, explica cómo funciona esta ley tan desconocida y su finalidad haciendo hincapié en que se pueden acoger a ella tanto personas físicas como autónomos teniendo que cumplir una serie de requisitos.

  • ¿Qué es la ley de segunda oportunidad?
  • Es un mecanismo que se introdujo en el año 2015 destinado para ayudar a autónomos y particulares que se encuentran en una situación de sobreendeudamiento y que permite renegociar la deuda con los acreedores. Primero, a través de un acuerdo extrajudicial y luego posteriormente si no se llegara a un acuerdo, cabe la posibilidad de acudir al Juzgado y es posible que se pueda obtener la cancelación de algunas deudas.
  • ¿Qué requisitos hacen falta para acogerse a esta ley?
  • Los requisitos principales son que las deudas no pueden pasar de cinco millones de euros; no haberse acogido a la ley en los últimos diez años; no haber sido condenado por delito de falsedad documental contra la Hacienda Pública, Seguridad Social o los derechos a los trabajadores. Además, acreditar que no se dispone de patrimonio o que se ha liquidado ese patrimonio en el concurso judicial. Si es autónomo, no haber sido declarado culpable en el concurso. El último requisito es no haber rechazado una oferta de empleo en los últimos cuatros años.
  • ¿Cuál es la importancia de esta ley de segunda oportunidad?
  • La principal novedad de esta ley es que excluía el principio de responsabilidad universal del patrimonio del deudor, es decir, que la persona siempre iba a responder a las deudas futuras. Con esta ley, lo que se le permite al particular es salir de ese principio establecido. Ahora, la ley de segunda oportunidad sirve también para las personas físicas y autónomos además de la importancia de tener la posibilidad de que el juez te cancele y exonere la deuda.
  • ¿Qué tipo de deudas se pueden exonerar?
  • No se incluyen todos los tipos de deudas como por ejemplo deudas con la Seguridad Social, Hacienda Pública y tampoco los alimentos derivados en sentencia de divorcio. Es un poco contradictorio con la finalidad de la ley que es exonerar a las personas que han tenido mala experiencia con los negocios.
  • ¿Qué deudas suelen tener los autónomos?
  • Normalmente o con entidades bancarias al solicitar un crédito o con particulares porque deben dinero a sus trabajadores. La ley da la oportunidad a esas personas que se han embarcado en un negocio y evitar que estén toda la vida sin poder salir de la deuda.
  • ¿En Melilla es importante esta ley?
  • Es una ley muy desconocida porque los operadores jurídicos tampoco la conocen mucho. Creo que también se sabe poco de ella por la poca cantidad de personas que se han acogido en relación a España.
  • ¿Existen diferentes casos?
  • Sí, influye la complejidad y el tipo de deuda. Cuando se inicia el proceso el notario designa un mediador, si no se lleva a cabo el acuerdo lo pasa directamente al Juzgado. Ese mismo mediador puede ser el administrador concursal y hace un informe sobre el deudor.
  • ¿Cuántos años de experiencia lleva como abogado?
  • Como letrado llevo desde finales del año 2012 y como colegiado ejerciente desde abril del año 2013.
  • ¿Qué servicios jurídicos presta este despacho de abogados?
  • Los servicios jurídicos que prestamos como somos dos en el despacho de abogados, la otra persona se dedica más a extranjería y laboral, entre otras, y yo me dedico a derecho civil, militar y accidentes de tráfico, familias y herencias.

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Lorena Japon

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