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Los Reservistas de Especial Disponibilidad podrán optar a la Ayuda familiar para desempleados

El Ministerio de Defensa anuncia que los Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) que reciben la asignación por disponibilidad, como es el caso de aquellos que han cumplido los 45 años y han tenido que dejar el Ejército, podrán optar a la Ayuda familiar para desempleados de larga duración de 430 euros. En una nota de prensa, el Ministerio de Defensa explica que “como consecuencia del incremento del salario mínimo interprofesional para 2019, acordado por el Gobierno el pasado 21 de diciembre, los Reservistas de Especial Disponibilidad que actualmente perciben la asignación por disponibilidad de 643,93 euros, pueden optar, adicionalmente, a solicitar la ayuda familiar para desempleados cuya cuantía es de 430 euros y que gestiona el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE)”.

Aclara que esta ayuda es un subsidio por desempleo previsto en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y está dirigido a personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo, continúan en esta situación y además poseen cargas familiares, siendo compatible con la asignación por disponibilidad que venían percibiendo. La idea es que puedan solicitarla aquellos Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) que al llegar a los 45 años han tenido que abandonar el Ejército y reciben la prestación por disponibilidad, que sumada a esta ayuda para parados de larga duración, podrán recibir unos ingresos mensuales de poco más de mil euros.

Ayuda
El SEPE aclara que la ayuda familiar para desempleados es un subsidio de 430 euros dirigido a personas que han agotado la prestación contributiva (“el paro”), continúan en situación de desempleo y además poseen cargas familiares. Para solicitar cualquier subsidio por desempleo, incluida la ayuda familiar, es necesario que se cumplan unos requisitos mínimos, como estar desempleado y apuntado al paro en el Servicio de Empleo Autonómico correspondiente. Hay que mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el tiempo en el que se perciba la ayuda. Hay que suscribir un compromiso de actividad cuando se presente la solicitud. No se pueden tener ingresos mensuales que superen el 75% del salario mínimo interprofesional. Para el 2019 el tope se sitúa en 675 euros mensuales.

Para cobrar la ayuda familiar tienen que cumplirse además el requisito de haber terminado de cobrar el paro; hay que esperar un mes desde que se acaba el paro para poder solicitarla y mantenerse inscrito como demandante de empleo durante ese tiempo, y tienen que existir responsabilidades familiares.

Para tramitar esta ayuda se necesita el impreso de solicitud del subsidio por desempleo; DNI (TIE o NIE junto con el pasaporte) el del cónyuge e hijos; documento del banco donde aparezca el número de cuenta donde cobrar la ayuda del INEM; y Libro de familia. Si existen hijos personas con discapacidad mayores de 26 años hay que presentar el certificado del grado de discapacidad en el que se reconoce la condición de pensionista. En los supuestos de separación o divorcio se presentará la sentencia judicial y el convenio regulador en su caso.

La duración de la ayuda familiar está establecida en seis meses inicialmente y puede prorrogarse en periodos semestrales hasta un máximo de dieciocho meses, aunque las personas mayores de 45 años pueden beneficiarse de algunos meses más en función de la situación en la que se encuentren.

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Redacción

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