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El TSJA rechaza el recurso del PP contra la proclamación de De Castro como presidente

Eduardo de Castro, el día que fue proclamado
(Autor: Guerrero)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga ha rechazado el recurso contencioso electoral presentado por el PP contra la proclamación de Eduardo de Castro, líder de Ciudadanos (Cs) en Melilla, como presidente de la Ciudad Autónoma. El auto del TSJA, al que ha tenido acceso MELILLA HOY, considera inadmisible dicho recurso, firmado por el presidente regional del PP y expresidente de Melilla, Juan José Imbroda, por haber sido presentado fuera del plazo legalmente establecido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Según se expone en el auto, dicho plazo es de tres días a partir de la proclamación, que tuvo lugar el 15 de junio, mientras que el líder popular presentó su recurso contencioso electoral el día 21. Además, rechaza el argumento del PP de que dicho plazo de tres días debe empezar a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Boletín Oficial de Melilla (BOME) de la sanción del rey por la que fue nombrado presidente Eduardo de Castro, tras el cese, por la misma vía, de su antecesor, Juan José Imbroda.
El TSJA señala en su auto que, si fuera de esa manera, “conllevaría mantener aperturado indefinidamente un plazo para interposición de recursos, lo que pugna con otro principio básico del derecho procesal”, como es “la preclusividad de los plazos procesales, de especial incidencia en el marco del proceso contencioso electoral, en el que la perentoriedad de los plazos es uno de los principales rasgos definidores de este recurso singular”.
El tribunal insiste en que “el plazo de los tres días siguientes” al acto de proclamación de candidatos como presidentes de las corporaciones locales para la interposición del recurso contencioso-electoral es “un plazo "terminante”, y se basa en dos sentencias anteriores, una del Tribunal Supremo de 2001, y otra del Tribunal Constitucional de 2005.
Además, señala que “de la literalidad del artículo 112.1 de la LOREG resulta irrefutable que el dies a quo del plazo indicado es el acto de proclamación del presidente de la corporación, extremo que no ofrece duda alguna dado lo diáfano y claro de los términos en que se expresa el precepto, haciendo innecesaria cualquier otra exégesis sobre el particular”.
Con esta decisión, el TSJA se adhiere a la solicitud del Ministerio Fiscal de que se dictase sentencia que “inadmitiese el recurso o alternativamente se estimase”, pues “entiende que la prescripción contenida en el art. 5.2 del Reglamento Orgánico de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla es respetuosa con el principio de legalidad y con su corolario de jerarquía normativa al incorporar una exigencia que no es incompatible con las previsiones del Estatuto de Autonomía y con la Ley Orgánica de Régimen Electoral General”.
El auto del TSJA también va en la línea de las alegaciones presentadas por el PSOE, uno de los partidos que apoyaron a De Castro en su proclamación y que forma parte de su Gobierno, así como de Cs y el propio De Castro, que solicitaron la inadmisión del recurso y subsidiariamente su desestimación.
Según la sentencia, Cs y De Castro denunciaron en su alegación la “falsedad en la confección del acta de la sesión del Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de 15 de junio de 2019, al detectar contradicciones entre el redactado del anexo de intervenciones del acta y el contenido de las grabaciones audiovisuales”. Sin embargo, el acta fue aprobada en el primer Pleno de la Asamblea por De Castro como único diputado del Grupo Mixto.

De Castro dice que el rechazo del recurso del PP era “previsible”

El presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, Eduardo de Castro (Cs), consideró ayer “previsible” la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de no admitir a trámite el recurso electoral que presentó el PP contra su proclamación el 15 de junio.
En declaraciones a los periodistas, De Castro apuntó que el caso “se ha cerrado, como era previsible”, y eso indica que no hay ninguna responsabilidad por su parte, al tiempo que imaginó que seguirán “el mismo camino” otros procesos judiciales que han iniciado PP y Vox contra él desde que asumió la máxima responsabilidad del Gobierno de Melilla.
“Parece ser que no voy a la cárcel ni me van a meter ninguna medida cautelar”, señaló De Castro, que cree que esta sentencia del TSJA es “mucho más importante” que su citación judicial en calidad de investigado por presuntos delitos de falsedad en documento público y fraude electoral por la lista, a raíz de una denuncia interpuesta por Vox Melilla. “Dice el tribunal que carpetazo, pues ni una palabra más. Alguno no se alegrará, igual alguno pensaba que me iban a llevar esposado desde el juzgado”, comentó el presidente melillense, convencido de que “hay que dejar a la Justicia que se maneje por sus propios modos” y no se debe entrar “en esos asuntos” porque “es delicado jugar con los jueces”.

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Redacción

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