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De Castro será “el órgano competente” para elegir al futuro superintendente de la Policía Local

Eduardo de Castro durante su visita a las instalaciones de la Policía Local

El presidente de la Ciudad Autónoma, Eduardo de Castro, como “órgano competente” será quién en última instancia tenga la potestad de elegir al futuro superintendente, la persona que actuará como jefe de la Policía Local, entre los candidatos que reúnan los requisitos y hayan presentado su candidatura. El puesto no se cubrirá por oposición, sino que será de libre designación, y sólo podrán concurrir funcionarios del grupo A 1 con experiencia en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y Policía Local. El Boletín Oficial de Melilla publicó en su edición de ayer las bases de la convocatoria para la provisión del puesto de superintendente de la Policía Local mediante un sistema de libre designación, según acordó el Consejo de Gobierno, siguiendo lo recogido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

Bases
Los candidatos interesados tienen quince días hábiles de plazo a contar desde el lunes para presentar su propuesta ante la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática través de la Oficina de Información y Atención al Ciudadano.

Junto con las solicitudes los aspirantes presentarán fotocopia del DNI o pasaporte y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que se exigen para participar en el proceso. Además, acompañarán su currículum vitae en el que se haga constar los títulos académicos; años de servicio y puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que acrediten la experiencia en funciones de mando; estudios y cursos realizados; y cuantos otros méritos estime el aspirante acrediten los aspectos que se exigen en las bases.

La persona designada para ocupar el puesto, realizará las funciones propias del puesto de superintendente, que “son las propias de jefe de la Policía Local de Melilla, ostentando bajo la dependencia del presidente la máxima responsabilidad del Cuerpo asumiendo la dirección, coordinación y supervisión de las Unidades y Servicios Policiales, la administración que asegure su eficacia y las funciones específicas del Reglamento de Policía Local de la Ciudad”.

Adjudicación
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se examinarán las presentadas y se evaluará la documentación aportada por el órgano asesor constituido al efecto mediante Orden del titular de la Consejería de Presidencia, compuesto por profesionales cualificados y especializados para ello.

Tras la evaluación de los méritos aportados, el órgano asesor especializado formulará informe-propuesta motivada al presidente de la Ciudad, “atendiendo a los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad”. Se incide en las bases en que “el órgano competente para proceder al nombramiento será el presidente de la Ciudad de conformidad con el art. 16 del Reglamento de la Policía Local de la Melilla, previo informe de la Consejería de Presidencia”.

El nombramiento por el presidente “se llevará a cabo de acuerdo con los principios de idoneidad, igualdad, objetividad, mérito, capacidad y publicidad en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes”, aunque este plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria sea elegido para ocupar el puesto requerido, “pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido”.

Méritos y titulos
Se valorarán los años de desempeño en los Cuerpos de Policía Local y/o otros Cuerpos de Seguridad del Estado; y de manera especial, la experiencia acreditada en funciones de mando en el ámbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En igualdad de condiciones, prevalecerá las funciones de mando desempeñadas en los Cuerpos de Policía Local.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si lo comporta.

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Redacción

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