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El Torreón del Vigía

Embajada: luz y respeto

“El Gobierno de México denunció ayer que las Fuerzas de Seguridad bolivianas interceptaron varios vehículos diplomáticos de la Embajada española en La Paz, tras una «visita de cortesía» por parte de la encargada de negocios española, Cristina Borreguero, a la embajadora de México en ese país, Teresa Mercado”. Así informaba el diario “ABC” del incidente diplomático con Bolivia. El artículo 3.1 de la Convención de Viena habla de las funciones de una misión diplomática: representar al Estado acreditante ante el Estado receptor; proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el Derecho internacional; negociar con el Estado receptor; enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al Gobierno del Estado acreditante; fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas, culturales y científicas entre Estado acreditante y receptor. Pero en el ejercicio de sus funciones la misión diplomática encuentra dos límites: uno es el deber de respeto a las leyes y reglamentos locales y el otro es no inmiscuirse en los asuntos internos del Estado receptor. Estos principios están muy arraigados en el Derecho Internacional. Para evitar al máximo posibilidades de intervención en asuntos internos del Estado receptor, la Convención citada dispone que todos los asuntos oficiales de que la misión encargada por el Estado acreditante han de ser tratados con el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese Estado, o por conducto de él, o con el Ministerio que se haya convenido. Por lo acontecido en Bolivia debe esclarecerse todo y la comparecencia de la Ministra, Margarita Robles, en el Congreso se hace imprescindible como han solicitado los grupos parlamentarios del PP y de VOX. Junto a esto Bolivia debe contemplar lo preceptuado por la Convención de Viena en cuanto a los privilegios e inmunidades de las personas físicas que integran la misión y que consiste en tratarles con el debido respeto adoptando medidas adecuadas para impedir cualquier atentado contra su persona, su libertad o su dignidad.

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