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EMVISMESA subvencionará el alquiler de las VPO y concede una moratoria a los créditos hipotecarios

Yonaida Sel-Lam, presidenta de EMVISMESA
(Autor: CAM)

La presidenta de Emvismesa, la viceconsejera de la Vivienda Yonaida Sel-Lam, anunció que desde la Consejería de Urbanismo se ha aprobado una serie de medidas a aplicar para los residentes en viviendas de protección oficial del parque de viviendas de la Ciudad Autónoma, que se hayan visto afectadas por el coronavirus. Se ha acordado una subvención del 20% para el caso de los inquilinos en régimen de alquiler para el trimestre comprendido entre abril, mayo y junio y una moratoria de tres meses para los créditos hipotecarios. En rueda de prensa, Sel-Lam recordó que además de la ayuda extraordinaria para el pago del alquiler privado de hasta 300 euros que ha previsto la Consejería de Urbanismo, también se ha dado permiso a EMVISMESA para atender la petición de los arrendatarios de viviendas de protección oficial que se han visto afectados por el COVIS-19, que tendrán derecho a una bonificación extraordinaria a partir del mes de abril.

Recordó que además de las viviendas privadas que existen en Melilla, EMVISMESA gestiona un parque de viviendas públicas de protección oficial (VPO) que tanto en el caso de las ocupadas en régimen de arrendamiento como las de compraventa, “ya disfrutan de un régimen de subvenciones en aplicación de la ordenanza de bonificaciones y precios de venta o renta de las viviendas de protección pública”.

Alquileres
En el caso de los arrendatarios de viviendas de la Ciudad dijo que “ya disfrutan de bonificaciones en las cuotas de alquiler de hasta el 60% en el caso de aquellas unidades familiares con ingresos de 0 a 1 el IFP (ingresos familiares ponderados), que fija para el caso de una unidad familiar de cuatro miembros, un máximo de ingresos mensuales de 916,66 euros”.

No obstante, anunció que Emvismesa “hará un esfuerzo extraordinario para ayudar a las familias necesitadas”. Para ello se han adoptado otras medidas de auxilio. En concreto, aquellas unidades familiares que tengan unos ingresos netos mensuales de hasta 1.503 euros, se les aplicará automáticamente una bonificación del 20% en la cuota de los meses de abril, mayo y junio. En el caso de los que ya disfrutan de una bonificación y les caduque en estos meses, se les reconocerá la nueva solicitud con efectos retroactivos.

Las familias que no tengan bonificación o que ésta corresponda a los tramos de 1,71 a 2,20 de IFP, “tendrán derecho a solicitar una bonificación especial de tres meses, cumpliendo determinados requisitos en cuanto a sus ingresos”. En este caso excepcional la determinación de la bonificación se efectuará con los ingresos del mes de marzo con respecto a la media de los ingresos de enero y febrero. En este caso la bonificación aplicable sería la especial por Covid19.

Afirma Yonaida Sel-Lam que de esta forma “da respuesta inmediata a las unidades familiares cuyos ingresos en este periodo puedan sufrir disminución como consecuencia del coronavirus, lo que deberá acreditarse, y que pasada esta situación vuelvan a recuperar su nivel de ingresos”. Si no fuese así, tendrán derecho a solicitar la bonificación por la vía normal, otorgándose por un periodo de un año.

Moratoria a los créditos hipotecarios durante abril, mayo y junio
Ante la situación creada por la pandemia, se han adoptado distintas medidas de ayuda a estos colectivos. En el caso de personas con crédito hipotecario, se ha acordado con carácter general y sin tener que hacer la petición individual, una moratoria de tres meses en esas cuotas, sin que esto suponga generar intereses. De esta forma no se pasarán al cobro los recibos de los meses de abril, mayo y junio, ampliándose en tres meses el plazo total del pago.

Los beneficiarios de esta moratoria que tengan las cuotas bonificadas en algunos de esos tres meses, “se les prorroga automáticamente la bonificación por los meses que le corresponda en función de la finalización de la que disfrutan, de tal forma que, si estos tres meses estuviesen subvencionados, el actual periodo de bonificación se ampliará tres meses más; si fuese uno o dos los incluidos en el actual periodo de bonificación, se les ampliará por esos mismos meses”. Se da también la opción a las familias interesadas en seguid satisfaciendo las cuotas durante este trimestre, a solicitarlo expresamente a EMVISMESA.

El superavit de 2019 irá a financiar actuaciones en materia de vivienda
De forma excepcional no se exigirá en esta convocatoria que los beneficiarios estén al corriente del pago del alquiler, pero sí que los titulares de los contratos estén al día en los tributos con la Ciudad Autónoma. El plazo para solicitar las bonificaciones, salvo las automáticas, estará abierto hasta el 30 de junio y se concederán con carácter retroactivo desde el mes de abril.

Resaltó que solo deben solicitar esta bonificación los inquilinos o hipotecarios que tengan menos del 20% de bonificación y los que no la tienen, pero están afectados por el cierre de comercios, ERTEs o reducción de ingresos por el covid.19. “Con estas medidas extraordinarias desde Emvismesa hemos querido dar respuesta a las demandas de un número importante de ciudadanos en viviendas de VPO”, indicó Yonaida Sel-Lam que reconoce que no tienen un cálculo sobre el número de familias que se verán beneficiadas de esta medida, aunque bien podría rondar las mil personas.

Por último, explicó que las corporaciones locales podrán utilizar el superávit de ejercicios anteriores para adoptar medidas de apoyo a colectivos vulnerables en materia de vivienda. “Normalmente este superávit se utilizaba para pagar deuda y para financiar actuaciones con cargo a la Inversión Financiera Sostenible y este año se va a utilizar también para financiar actuaciones en materia de vivienda, especialmente ahora que estamos en plena crisis sanitaria y, que muchos ciudadanos ven con preocupación cómo hacer frente al alquiler y los créditos hipotecarios”, concluyó.

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J.A.M

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