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CSIF, dispuesto a denunciar ante instancias superiores “si los centros escolares de Melilla no cierran a la mayor brevedad posible”

Sergio Ramírez, vicepresidente de CSIF Educación

Desde este sindicato se considera que, “en estos momentos de crisis epidemiológica, no conviene hacer asumir a la comunidad educativa riesgos innecesarios, tanto desde el punto de vista sanitario como punitivo, pues conviene no olvidar que, según el artículo 20 del RD 463/2020, ‘el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes’”. CSIF quiere denunciar la situación que viven todos los centros escolares melillenses, pues, recuerdan que, “son los únicos de España que permanecen abiertos, bajo servicios mínimos pero abiertos”, considerando que “se está exponiendo a los equipos directivos y a los conserjes de una manera innecesaria ya que pueden realizar su trabajo desde casa”, explicaron.
Además, los responsables de este sindicato denuncian que “haya docentes que se están viendo obligados a asistir a los centros para entregar o recoger tareas”, y realiza la siguiente argumentación: “Si la administración educativa decide que un docente tiene que salir de su casa para ir al centro, tendrá que asegurar su seguridad ¿puede hacerlo? Si existe un riesgo laboral inminente, si el Gobierno ha decretado que el riesgo solo se evita estando en casa, la administración no puede garantizar su plena seguridad para ir al trabajo. Es evidente que según la ley, el docente tiene derecho a no acudir al centro de trabajo”.
De igual modo, y según lo que se recoge en el Preámbulo del RD 463/2020, inciden en que “es fácil concluir que estamos ante una situación de la más radical gravedad, pues está en juego la vida y la salud de los ciudadanos, y que el espíritu de la ley va encaminada a evitar contactos innecesarios entre la población”, apuntaron.
En este sentido, también se refirieron al artículo 7 del RD 463/2020, que limita la libre circulación de personas por vías de uso público, estableciendo algunas excepciones, como el punto c) ‘desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial’; y al 9, que establece especiales medidas de contención en el marco educativo y de la formación, ordenando la suspensión de cualquier ‘actividad educativa presencial en todos los centros y etapas’ y señalando que ‘durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on line, siempre que resulte posible’.
Sobre las premisas legales anteriores, el CSIF considera que del espíritu del artículo 9 del RD 463/2020 “se desprende la orden clara y tajante de cerrar todos los centros educativos, pues la referencia a la actividad educativa presencial no se extiende únicamente a la impartición de clases, sino que es lo suficientemente amplia para poder entender sin mayores problemas que acudir a los centros no es imprescindible, pues toda función educativa o formativa puede realizarse en la modalidad a distancia u on line”.
Por todo lo expuesto, desde este sindicato “se reserva el derecho a denunciar ante instancias superiores, si los centros escolares de Melilla no cierran a la mayor brevedad posible”, afirmaron de manera contundente.

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Carlos R.Busto

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