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Interior e Igualdad refuerzan el plan de contingencia para ampliar la protección a las víctimas de trata y explotación sexual

La responsable de la Unidad Contra la Violencia de Género de la Delegación del Gobierno, Laura Segura

El Gobierno ha reforzado el plan de contingencia contra la violencia de género ante la COVID-19 para ampliar la protección a las víctimas de trata y explotación sexual, tal y como ha informado la responsable de la Unidad Contra la Violencia de Género de la Delegación del Gobierno, Laura Segura. “Desde la Delegación del Gobierno Contra la Violencia de Género y el Ministerio de Igualdad, en colaboración con el Ministerio de Interior se ha reforzado el Plan de Contingencia con el objetivo de garantizar los derechos de estas víctimas, así como la prestación de los servicios y recursos para la atención a sus necesidades específicas”, ha explicado.
“El Gobierno de España no va a dejar a ninguna mujer desprotegida”, ha dejado claro, al tiempo que se ha referido a las medidas adoptadas que van a pivotar en 6 ejes. El primero de ellos es el de garantizar el derecho a la Información para las víctimas de trata y explotación sexual en una lengua que puedan comprender, con vía para pedir ayuda.
“Este derecho se venía garantizando a través de diferentes dispositivos, que se caracterizan por el acercamiento de equipos profesionales a los contextos en los que se encuentran las mujeres a través del trabajo en unidades móviles, recepción en locales de la entidad, visitas a clubes, pisos y otros entornos”, ha informado.
Debido a la limitación de libertad de circulación de las personas por el estado de alarma, se está difundiendo el teléfono gratuito de la Policía Nacional específica de trata: 900105090, para casos en los que las víctimas quieran denunciar; los correos electrónicos específicos de trata de la Policía Nacional y la Guardia Civil: [email protected] y [email protected]
El segundo eje es el de garantizar la detección e identificación de las víctimas de trata y explotación sexual y de casos de extrema vulnerabilidad en contextos de prostitución. Puesto que la detección e identificación es el proceso que le proporciona acceso, además de la información y asesoramiento necesarios sobre su situación, a los recursos de atención y protección especializados, capaces de atender sus necesidades específicas, cómo posible vía para salir de la situación en la que se encuentra.

Asistencia integral y protección
El tercer eje se basa en garantizar la asistencia integral y protección de las víctimas de trata y explotación sexual, así como la atención a casos de especial vulnerabilidad.
“Se debe seguir garantizando el derecho a la asistencia y protección de las víctimas, a través de las prestaciones que constituyen el suelo mínimo de asistencia y protección para garantizar condiciones de vida capaces de asegurar su subsistencia y la salud psicosocial”, ha apuntado Segura.

Ingreso Mínimo Vital
Como punto cuarto, facilitar el Ingreso Mínimo Vital a las mujeres que lo necesiten y se adapten a los criterios acordados: garantía de las condiciones mínimas de subsistencia de las víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, así como los casos de extrema vulnerabilidad de mujeres en situación de prostitución, a través de su inclusión como beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, regulado en una norma de próxima aprobación. “Se asegurará que las mujeres en situación administrativa irregular, que son en la mayoría de los casos las principales víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, pueden acceder a este derecho”, ha indicado.

Alternativa ocupacional
El objetivo quinto aborda que las administraciones públicas y entidades que trabajan con víctimas de trata y explotación sexual como beneficiarias de la medida de alternativa habitacional.
Las medidas del Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables tienen como destinatarias, además de a personas a título individual, también a administraciones públicas y empresas públicas y a entidades sin ánimo de lucro, de economía colaborativa o similares, siempre sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea dotar de una solución habitacional a estas personas.

Condiciones de trabajo
El sexto punto aborda las condiciones de trabajo para la ejecución de las medidas. “Para cumplir con las obligaciones de información, detección, alojamiento y asistencia, será preciso dotar a las entidades y ONG para que puedan trasladar a las mujeres tal y como han venido haciendo hasta el Decreto de Alarma, sin que sean sancionadas y siempre cumpliendo con los requisitos impuestos”, ha informado.

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Redacción

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