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A partir del martes se reanudan las peticiones de prórrogas de los subsidios del SEPE

A partir del lunes acaba la vigencia de los artículos 26 y 27 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, según informa el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en una nota de prensa.

Medidas
Dichas medidas establecían que la presentación de reanudación de la prestación por subsidio por desempleo realizada fuera de los plazos establecidos legalmente no implicaba que se redujese la duración del derecho a la prestación correspondiente e incluso, en algunos casos, suponía prorrogar de oficio el derecho a percibir el subsidio por desempleo.

En consecuencia, a partir del lunes se procede al consumo de días por la presentación de solicitudes extemporáneas con arreglo a las normas e instrucciones ordinarias.

El consumo abarcará al período que medie entre la fecha en que hubiera nacido el derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y la fecha del nacimiento efectivo del mismo, incluyendo como días consumidos el periodo del Estado de Alarma.

Los beneficiarios de subsidios por desempleo cuyo periodo semestral finalice a partir del martes, 21 de julio, inclusive, tendrán que presentar la solicitud de prórroga del derecho para mantener su percepción.

Igualmente los beneficiarios de subsidios por desempleo para mayores de 52 años cuya fecha de presentación de la declaración anual de rentas esté prevista para el 21 de julio, o fecha posterior, vendrán obligados a presentar dicha declaración para mantener la percepción del subsidio.

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Redacción

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