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Interior impone nuevos requisitos para salir de Ceuta a los inmigrantes con solicitudes de asilo en trámite

El Ministerio del Interior ha comunicado a los «alrededor de cien» peticionarios de asilo con solicitudes admitidas a trámite acogidos en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta la imposición de nuevos requisitos para permitir su salida de la ciudad autónoma como contar con una persona física o jurídica que se comprometa a albergarlos y a hacerse cargo de su manutención.
El Estado ha introducido este requerimiento después de que el Supremo reconociese el pasado 29 de julio en una sentencia de casación el derecho a «libre circulación por España» de los solicitantes de protección internacional con peticiones admitidas a trámite en Ceuta y Melilla obligados solo a «comunicar cambios de domicilio» a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR).
Fuentes jurídicas de ONG han explicado que los nuevos requisitos son «similares a los que se exigen para autorizar la entrada en España de un extranjero a través de una carta de invitación en la que una persona debe acreditar documentalmente su capacidad para acogerlo y declararse informado de posibles responsabilidades penales por favorecer o promover la inmigración ilegal».
El Supremo ha concluido que los peticionarios de protección internacional en Ceuta y Melilla deben estar «en la misma situación y con los mismos derechos de todos los solicitantes en España», ya que «aun de modo transitorio hasta la decisión sobre la solicitud de asilo», «están ya en territorio español –Ceuta indiscutiblemente lo es– y difícilmente puede aceptarse que la Comisaría General pueda autorizar o denegar la entrada en España si no es a través de un inasumible argumento en el que el término ‘España’ se identifique con el de ‘territorio peninsular», restricción que la Sala «rechaza de plano».

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Redacción

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