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Carta Abierta

Escrito dirigido al Interventor de la Ciudad Autónoma, en concepto de la demanda presentada en el juzgado

A tenor de una supuesta asamblea celebrada al margen de toda legalidad, donde se ha procedido a la elección de “presidente”, le recordamos que en cualquier acuerdo, contrato, convenio, etc., con una entidad, ésta ha de tener personalidad jurídica y, en consecuencia, sus representantes legales están obligados por ley a actuar en el marco de la democracia interna y del principio de mayoría; lo que ha de ser contrastado con el acta correspondiente.
En el caso de la Comisión Islámica de Melilla (CIM), su representación legal la conforman cuatro representantes que actúan de forma colegiada, por lo que cualquier acta que no cuente con la aprobación de la mayoría supone una usurpación del nombre de la entidad, entre otros posibles ilícitos penales.

Asimismo, le comunicamos que en la actualidad dos de las cuatro personas que ostentan la representación de la CIM no han aprobado solicitud de subvención alguna, ni tienen intención de aprobarla en las circunstancias actuales.

Y, por último, debo manifestarle que la Comunidad Musulmana de Melilla ha demandado a dos de las Asociaciones que han convocado una supuesta Asamblea con el fin de hacerse con el control de la CIM.

Por ello, le rogamos que, al margen de los intereses políticos, como funcionario sujeto al principio de legalidad tenga en cuenta la necesidad del acuerdo preceptivo de la entidad para la firma de cualquier convenio, así como que sus firmantes estén acreditados por el Ministerio de Justicia como representantes legales.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para ss.att .

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