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La Ciudad firma un convenio con el Buen Consejo de 14.000 euros para el mantenimiento del centro

Imagen de archivo del colegio Buen Consejo

El Boletín Oficial de Melilla (BOME) publicó ayer la firma del convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y el colegio Nuestra Señora del Buen Consejo de Melilla para la concesión de una subvención nominativa por importe de 14.222 euros para gastos de mantenimiento del centro educativo durante el año 2020. La subvención para el colegio Nuestra Señora del Buen Consejo deberá destinarse a sufragar los siguientes gastos: las reparaciones de averías necesarias a efectos de mantener y conservar los edificios en óptimo estado de funcionamiento, incluidas sus instalaciones eléctricas, de fontanería, grupos de presión, sistemas anti incendios, de aire acondicionado, alarmas y sistemas antirrobos, cristales, puertas, persianas, sistemas de agua, telefonía, etc. por un importe de 1.200 euros.

Además de arreglos que se precisen en mobiliario y cortinajes existentes en los edificios por 500 euros; reparaciones de albañilería y pintura que dichos edificios precisen para el óptimo estado de funcionamiento tanto interiores como exteriores de los edificios por 7.300 euros y trabajos de conservación de las zonas ajardinadas existentes en el colegio por un importe de 4.500 euros.

Por último, se realizarán reparaciones de cerrajería que dichos edificios precisen para el óptimo estado de funcionamiento tanto interiores como exteriores de los edificios por 500 euros y suministros precisos con motivo de las actuaciones anteriormente precitadas por 222 euros.

Una vez abonada la subvención, se podrá autorizar la modificación del objeto siempre que no dañe derechos de tercero y no suponga un cambio sustancial de la finalidad de la subvención, ni incida en los presupuestos tomados en consideración para decidir su concesión.

La aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla se abonará, mediante un pago total anticipado a justificar, a la firma del presente convenio, dispensándose de la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.

La justificación se documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deberán incluir, bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes originales del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.

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Lorena Japon

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