Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

Indemnizan a Leila Escofet con 60.000 euros por pasar 579 días en prisión tras ser absuelta por el TS de matar a su bebé en Melilla

Leila Escofet fue hallada culpable en Melilla pero el Tribunal Supremo sentenció que es inocente “al no estar adecuadamente probado que la muerte del bebé se produjera por la conducta omisiva de la acusada"

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha reconocido el derecho a cobrar una indemnización de 60.000 euros del Estado a la melillense Leila Escofet, que pasó 579 días en prisión preventiva en una cárcel de Melilla, acusada del homicidio de su bebé recién nacido, y que después fue absuelta de la condena de 17 años de prisión a ella y 15 años a su padrastro. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), un juzgado de Melilla acordó la prisión preventiva de la joven por un presunto delito de homicidio el 27 de diciembre de 2012 hasta el 28 de julio de 2014. Tras ser puesta en libertad, se le impuso una comparecencia "apud acta" semanal que después pasó a ser quincenal. Un Tribunal del Jurado de Málaga la condenó por un delito de homicidio. Sin embargo, esta sentencia fue anulada por el TSJA, que ordenó repetir el juicio.

En el segundo juicio la mujer fue condenada a dos años y medio de prisión por otro Tribunal del Jurado por un delito de homicidio imprudente. El fallo fue confirmado por el TSJA, pero la Sala Segunda del Tribunal Supremo lo anuló al estimar el recurso de casación de la mujer y acordar su absolución "por vulneración del derecho a la presunción de inocencia al no estar adecuadamente probado que la muerte del bebé se produjera por la conducta omisiva de la acusada".

Leila Escofet solicitó una indemnización de 400.000 euros al Ministerio de Justicia por el tiempo que pasó en prisión preventiva "de forma indebida". Su petición fue denegada, decisión que fue confirmada posteriormente por la Audiencia Nacional. Disconforme con dicha decisión, la defensa de la joven recurrió ante el Tribunal Supremo, que en esta sentencia estima su recurso.

La Sala ratifica su doctrina en relación con la responsabilidad patrimonial por prisión indebida y estima el recurso de casación planteado por la mujer contra la sentencia recurrida. En cuanto a la cuantificación de la indemnización, no accede a la petición de la recurrente que la había cifrado en 400.000 euros, sin especificar cantidades concretas en función de los diferentes conceptos en los que basaba su solicitud: 579 días en prisión, comparecencias "apud acta", daños sufridos por su madre y su compañero sentimental, daños morales sufridos por la recurrente como consecuencia de la condena inicial por un delito tan grave seguida de un proceso depresivo y la necesidad de desplazarse a Málaga por la presión social y mediática en Melilla.

El tribunal ha concluido que sí deben de ser indemnizados los daños causados por la situación de prisión provisional pero excluye dos de los perjuicios que reclamaba, los causados a su entorno familiar y las comparecencias "apud acta". Así, ponderando las circunstancias personales y familiares del recurrente considera procedente fijar la indemnización en 60.000 euros, más el interés legal desde la fecha de la reclamación.

Loading

M.H.

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€