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Salud Pública mantiene las 22.30h como límite para cerrar la hostelería pese a las fiestas navideñas

Los establecimientos hosteleros de Melilla tendrán que seguir cerrando a las 22.30 horas, como hasta ahora, pese a las fiestas navideñas, aunque la mejora de la situación epidemiológica ha conllevado un aumento de la ocupación en aquellos que tengan una superficie superior a 500 metros cuadrados. La Consejería de Economía y Políticas Sociales ha publicado este miércoles una orden en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Melilla (BOME), en la que indica que el horario de los establecimientos hosteleros se mantendrá entre las 7.00 y las 22.30 horas. El cambio principal que conlleva esta orden es la posibilidad de que los establecimientos de hostelería de grandes dimensiones puedan ampliar su ocupación más allá de los límites que estaban establecidos, aunque tendrán que pedir permiso para ello a Salud Pública y será posible, únicamente, en los días más señalados de las fiestas navideñas.
En concreto, aquellos espacios o locales de restauración que tengan una superficie superior a los 500 metros cuadrados, ya sea en exterior o en interior, podrán aumentar la tasa de ocupación hasta el 50 % en el caso de espacios interiores y un 100 % del espacio de terraza, siempre manteniendo una distancia de dos metros entre agrupaciones de mesas y sillas.
En estos casos, los establecimientos tendrán que solicitar la autorización a la Dirección General de Salud Pública y Consumo, para lo que la orden incluye en su anexo un formulario y el correo electrónico al que deberá ser remitido.
Además, solo será posible en los días 24, 25 y 31 de diciembre y los días 1 y 6 de enero de 2021.
La orden incluye otras medidas que no varían respecto a las que ya estaban vigentes, como la necesidad de mantener una distancia de dos metros entre los conjuntos de mesas y sillas, tanto en el interior como en el exterior de los establecimientos hosteleros, o la prohibición de consumo en barra.

Seis comensales
En cuanto a la limitación de comensales por casa mesa, será de un máximo de seis personas, excepto en casos de personas convivientes, en los que podrá aumentarse su número hasta la totalidad, si bien esta circunstancia deberá ser acreditada documentalmente.
El servicio de restauración a domicilio que podrá prestarse hasta las 23.30 horas y los establecimientos hosteleros tendrán que garantizar en sus locales una adecuada ventilación para evitar la propagación del virus.

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Redacción

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