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Uso y abuso de los contratos de emergencia

La pandemia que estamos sufriendo ha modificado muchas reglas personales y administrativas. En esta situación se han tenido que tomar medidas urgentes por la salud pública, esto no es discutible. El problema es saber si han sido correctas o no. Por ejemplo, la profilaxis impuesta ha sido necesaria y eficaz. Lo que ha sido un escándalo cómo han actuado algunos responsables políticos como el consejero de Salud Pública. Su lamentable “paella” le ha hecho pedir perdón al mes y no ha dimitido que es lo que tendría que hacer por la salud democrática.
Este mismo consejero y el Gobierno en su conjunto han visto la pandemia y la contratación de emergencia para hacer lo que le dé la gana. Ya se sabe “a río revuelto ganancia de pescadores” como se dice en “La lozana andaluza” de Francisco Delicado, recomiendo leer por su picaresca. Siempre ha habido aprovechados de las circunstancias.

No sé cuántos contratos ha realizado este gobierno por el sistema de declaración de emergencia. La normativa es clara y de sentido común y circunscrita en el tiempo. Un procedimiento previsto para casos en los que resulte necesario actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional. Esto es lo que establece el artículo 120 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017.

Pues bien, teniendo en cuenta estas características generales de los contratos adjudicados mediante el procedimiento de emergencia, se han dictado tres disposiciones regulando esta clase de procedimiento de contratación durante el estado de alarma. En primer lugar, el RDL 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 (artículo 16) limitándose, prácticamente, a declarar aplicable el sistema de emergencia para contratos relacionados a medidas de protección contra el COVID 19. La redacción de este precepto fue posteriormente modificada por la Disposición final sexta del RDL 8/2020 de 17 de marzo, que poco vino a añadir a la regulación inicial, salvo la dispensación de garantía en caso de abonos a cuenta por actuaciones preparatorias. Por último, la Disposición final segunda del RDL 9/2020 9/2020, de 27 de marzo volvió a modificar dicho precepto.

Estas normas que expongo brevemente para no aburrir al lector son responsables los políticos y los técnicos que se cumplan correctamente. Este hecho no sé si han estado a la altura de las circunstancias. Destacaría el plazo de un mes para ejecutar la emergencia, si va más allá la contratación tiene que seguir tramitándose por el plazo ordinario.

Tengo mis dudas, muchas dudas, si contratos de emergencia como la adjudicación de diferentes servicios en Rostrogordo, gestión de seguridad y servicios en la Gestión de la Plaza de Toros y algunos más que se están ejecutando en diferentes áreas de la CAM.

En consecuencia, no es de extrañar, por tanto, que bajo semejante marco legal de “permisividad” absoluta, se hayan otorgado contratos de forma completamente arbitraria a empresas que carecen de toda clase de solvencia (tanto técnica como económica), porque el sistema se presta a toda clase de “amaños”.

No sé si los responsables de Hacienda y de Intervención han estado a las alturas de las circunstancias o les ha venido muy grande para su responsabilidad evasiva. Este gobierno nuestro es el más grande en altos cargos aburridos. No saben lo que tienen qué hacer. Ahora van a colocar a otro director general para el reparto publicitario. La razón es que está presupuestado y no es un gasto nuevo. También la Constitución dice que todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y no se cumple, por qué se ha de cumplir con este cargo. Ya me gustaría a mí que se ejecutara todo lo presupuestado. Lo veremos en la liquidación del 2020.

Hace pocos meses contrataron a un director general en Medio Ambiente como la gran panacea eficaz frente a los funcionarios de la CAM. Ya lo quieren cesar (probablemente cuando esté usted leyendo este artículo ya esté cesado). El sabio ha contratado asistencia técnica exterior, cuando eso lo tiene que hacer el secretario técnico. Si se demuestra la contratación y el pago, tanto él como el consejero tienen los pies de barro, como todos los que hayan firmado.

Si tengo claro que con el abuso de la contratación por emergencia se han beneficiado unos pocos empresarios (algunos tengo mis dudas que lo sean) y a través de la emergencia se han colocado a personas en estas empresas sin el menor rigor del principio oportunidades en igualdad, sí por el amiguismo o el clientelismo.

Me hubiera gustado mucho que la administración hubiese actuado también de emergencia con ayudas directas a los titulares de pensiones no contributivas, a los hosteleros, a las agencias de viajes, al comercio local, a las gestorías, a los quiosqueros, a las peluquerías, a los transportistas y un largo etc. Quizás no lo han hecho porque en estas empresas no había colocaciones posibles.

Les doy un consejo, si quieren algo de nuestro gobierno solicítelo por emergencia que tiene mucha experiencia.

Voy a terminar con un refrán para que comprendan mejor esta reflexión. El gobierno local es como el maestro Ciruela, no sabía leer y puso una escuela.

PD
Señores del gobierno, gástense el dinero de los melillenses en sus competencias. Y si quieren hacer más, inicien el cambio del Estatuto de Autonomía que no sirve para nada. Su reforma auténtica nos haría más iguales ante la ley.

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