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Opinión personal sobre las ayudas del RD Ley 5/2021

Después de haber anunciado a bombo y platillo, como ya nos tiene acostumbrado este Gobierno, un paquete de medidas extraordinarias para ayudar con 10.000 millones de euros a las empresas afectadas por la crisis derivada del COVID-19, la realidad dista mucho de lo prometido, especialmente, para los empresarios de Melilla. En especial, para aquellas empresas y profesionales que desarrollen alguna de las actividades no incluidas en el Anexo I. Entre ellas, muchos comerciantes al por mayor y al por menor, casi ninguna empresa de servicios de instalaciones o reparaciones, de peluquería o estética, ni las dedicadas a la construcción o a la formación. Parece que a ellas no les ha debido afectar la crisis.
Para optar a ser “elegible” hay que cumplir tres condiciones:
1) Estar dentro de las actividades indicadas, dejando sin opción a muchos comerciantes, profesionales y empresas de servicios
2) Haber sufrido una disminución de ingresos de al menos el 30% sobre la cifra de ingresos obtenidos en 2019
3) No haber soportado pérdidas en el ejercicio 2019.

El importe de las ayudas para los que cumplan los tres requisitos anteriores:
a) Empresarios y profesionales que declaren sus rendimientos en el IRPF en estimación objetiva. Recibirán hasta 3.000 euros lo que supone una media de 250 euros por los doce meses de pandemia. Menos que la cuota de 286,15 euros que deben pagar cada mes hasta que se revise el SMI. Una importante y generosa ayuda del Estado.
b) Sociedades y profesionales, con un máximo de 10 empleados y que cumplan las tres condiciones, podrán percibir el 40% de la pérdida de ingresos que superen ese 30%., con un máximo de 200.000 euros. Para optar a este máximo, la bajada de ingresos de un año a otro, debería de unos 950.000 euros
c) Sociedades y profesionales, con más de 10 empleados y que cumplan las tres condiciones, podrán percibir el 20% de la pérdida de ingresos que superen ese 30%., con un máximo de 200.000 euros. Más difícil aún poder alcanzar ese mismo máximo y además se penaliza a las empresas que tienen más trabajadores en plantilla. Curiosa forma de premiar a los que han podido mantener más puestos de trabajo.

Respecto al caso concreto de Melilla, nos tememos que, ni desde la Delegación del Gobierno ni la máxima representante del partido socialista, han movido ficha alguna para hacer ver al Ministerio de Hacienda la especial situación de crisis económica en Melilla que -como ellas mismas defendían públicamente- desde 2017 se venía padeciendo en la Ciudad como consecuencia de la caída del comercio fronterizo -documentado o no- y agravado por el cierre de la Aduana comercial a lo que tampoco han puesto mucho empeño en exigir acción alguna por parte del Gobierno de España.

Ello ha ocasionado que las cifras de negocio de muchas empresas hayan descendido mucho antes del 2019 y antes de agravarse aún más en la “segunda” crisis ocasionada por las medidas adoptadas – a nivel nacional y local- para combatir el Covid-19. Y, por supuesto, muchas empresas de Melilla ya sufrieron pérdidas en 2018 y 2019 por lo que, lamentablemente, no podrán recibir subvención alguna.

Otro problema que se nos plantea a los empresarios de Melilla es que el art 3 del RDL establece que la justificación de la bajada del volumen de operaciones anual será el declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, y en Melilla no se aplica el IVA y el tributo equivalente se debe referir al IGIC (el IVA canario) pues el IPSI dista mucha de ser equivalente al IVA y además muchas actividades de las incluidas en el Anexo I no están sujetas al IPSI ni deben presentar declaración alguna respecto a sus ingresos. ¿Cómo piensan solucionarlo?
Entiendo que es muy difícil corregir el contenido de un RD Ley, pero si no se puede, se debería dictar una resolución posterior que modifique la forma de justificación de la bajada de ingresos y , de paso, elimine para Ceuta y Melilla ese tercer requisito de no haber sufrido pérdidas en el año 2019, pues las mismas no estaban relacionadas con la pandemia sanitaria sino con la otra “pandemia” que tiene origen muy específico para ambas Ciudades Autónomas: la bajada hasta el cero absoluto de la principal actividad económica de Melilla y todo lo relacionado con la frontera y que, por cierto, ha afectado no sólo a los cuatro gastos que decían algunos.

Por cierto, será el Ministerio de Hacienda el que establezca las cantidades que le corresponden a cada CCAA y a Ceuta y Melilla. Según el reparto aplicado en diciembre de las ayudas del Fondo REACT-EU a Melilla le corresponderá como máximo el 0,2%, lo que implicaría un importe de 10 millones de euros. Ya veremos…
Si no fuera posible revertir esta exclusión de las ayudas estatales, considero que la Consejería de Hacienda debería replantear las ayudas de la Línea 6, aún no aprobada, y dar preferencia a los sectores que no pueden beneficiarse de las ayudas estatales y a los demás empresarios que, por un motivo u otro, no cumplan los requisitos exigidos.

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