Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

La Audiencia rechaza el ingreso en prisión del ex líder del PSOE Dionisio Muñoz salvo que cometa un delito en los próximos 4 años

La sección número 7 de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede en Melilla, ha rechazado la petición realizada por la acusación popular en el llamado “caso voto por correo”, representada por el PP, y suspende el ingreso en prisión del ex secretario general del PSOE melillense Dionisio Muñoz, condenado a dos años de prisión por los delitos continuados de fraude electoral y falsificación de documento público por parte de la coalición electoral PSOE-CpM en las elecciones del 2008. La Fiscalía, en cambio, se mostró a favor de la suspensión de la entrada en prisión de Muñoz. El mismo tribunal tendrá ahora que pronunciarse sobre una petición similar cursada contra Mustafa Aberchán por parte de la acusación particular que ejercitan en este proceso los populares. Según el auto judicial al que ha tenido acceso MELILLA HOY, la Audiencia Provincial ha acordado suspender “por tiempo de 4 años la pena de prisión impuesta al penado Dionisio Muñoz Pérez” si bien añade queda condicionada la suspensión “a que no delinca en el período indicado, así como a que concurra a los llamamientos de este Tribunal”.

Para tomar esta decisión, por la que no ha aceptado la petición de la acusación particular ejercida por el PP, que solicitaba que no se suspendiera su ingresa en prisión, los magistrados dan dos motivos para tomar dicha terminación.

Unos delitos “cuya repetición es muy improbable”
En este sentido, señalan que “en el caso presente concurren dos circunstancias fundamentales para acceder a lo pretendido por la defensa del penado: carece de otros antecedentes penales y han transcurrido once años desde que tuvieron lugar los hechos que dieron lugar a la condena”.
“Ello se traduce -ha añadido el tribunal- en la inexistencia de necesidad del cumplimiento de la pena privativa de libertad a fin de que pueda esperarse que el penado no cometa nuevos delitos, pudiendo asegurarse que aquellos por los que fue condenado fueron fruto de la eventualidad de unas circunstancias determinadas cuya repetición es muy improbable”.

Asimismo, han apuntado que “a todo ello se une que el penado ha procedido de modo inmediato a abonar el importe de las multas a que fue condenado, de manera que es la privativa de libertad la única responsabilidad que le resta por cumplir”.

Dionisio Muñoz, que también fue castigado a 30 meses de inhabilitación como a Aberchán, aunque en su caso no ha tenido repercusión porque lleva varios años fuera de la primera línea política, abonó más de 14.000 euros de multa con la que condenado por el caso voto por correo.

Contra este auto cabe recurso de súplica ante la propia sección número 7 de la Audiencia Provincial.

Loading

M.H.

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€