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El Ministerio de Justicia asegura que el edificio es seguro, mientras el informe de la Inspección de Trabajo menciona problemas estructurales y deficiencias en el cumplimiento de seguridad e higiene

Lamo de Espinosa contradice al Ministerio sobre la seguridad en las Torres

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El juez decano de Melilla, Emilio Lamo de Espinosa, quiso ayer “matizar” la nota de prensa enviada por el Ministerio de Justicia, sobre las obras para la Oficina Judicial, en la que aprovechaba para decir que las Torres V Centenario eran seguras y cumplían la normativa vigente, algo que no se puede defender “sin más”. El juez recordó que el edificio tiene problemas estructurales, ya que fue construido sin plantearse su uso, y ni siquiera tiene salidas de emergencia. Las deficiencias, a las que el Ministerio no hizo mención, se recogen en el informe de la Inspección de Trabajo del 18 de febrero. En relación a la noticia publicada el pasado lunes, tras la nota enviada por el Ministerio de Justicia sobre la implantación de la nueva Oficina Judicial en Melilla, que entrará en funcionamiento el 21 de mayo, Emilio Lamo de Espinosa quiso ayer hacer algunas precisiones, porque "la información suministrada no es completa". Cabe recordar que el Ministerio aseguraba que el edificio de las Torres V Centenario cumplía la normativa vigente en cuanto a seguridad e higiene en el trabajo, según "ha refrendado la Inspección de Trabajo en la visita realizada a dichas dependencias el pasado 23 de enero. El Plan de Emergencias se actualizó a finales de 2012 y se revisará de nuevo cuando finalicen las obras de adaptación del edificio. Además, cada año se realizan, al menos, dos simulacros de evacuación". El juez decano explica que no se puede decir esto "sin más". Tal información "debe ser matizada, toda vez que en el informe de la Inspección de Trabajo de Melilla de fecha 18/02/2014, se dice expresamente en su conclusión que, como consecuencia de las actuaciones inspectoras se observa una serie de deficiencias en el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo, en particular en materia de gestión integral de la prevención y condiciones estructurales y termohigrométricas del centro de trabajo que son objeto de requerimiento para su subsanación, dando así cumplimiento al artículo 7.3 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (B.O.E . 15-11-97 y el art. 45.1 de la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE 10-11-95)".

Cabe recordar, como ya ha denunciado en infinidad de ocasiones este Diario, que las Torres V Centenario ni siquiera cuentan con salida de emergencia y, pese a que el juez insiste en esta cuestión casi a diario, para el Ministerio de Justicia parece no ser una prioridad.

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Redacción

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