Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

Después de casi tres años de investigación, el alto organismo internacional cree probado que Aarrass fue sometido a un juicio injusto por la ausencia de pruebas materiales, torturas y una detención arbitraria

El Comité de Derechos Humanos de la ONU exige a Marruecos que libere e indemnice a Ali Aarrass

melillahoy.cibeles.net fotos 780  MG 4636

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU) ha emitido una resolución en la que insta a Marruecos a que libere de forma inmediata a Ali Aarrass, un ciudadano belga de origen melillense acusado de pertenecer a una célula terrorista y tráfico de armas, que fue condenado por un tribunal marroquí a 15 años de prisión. La resolución, dictada por la ONU después de casi tres años de investigación, establece que Ali Aarrass ha sido condenado sobre la base de unas pruebas inexistentes, concretamente un atestado en lengua árabe que él no conoce. El abogado melillense de Aarrass, Nayim Mohamed, dio a conocer ayer en rueda de prensa esta resolución del grupo de trabajo sobre detención arbitraria del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que fue adoptada en agosto del año pasado, aunque no ha sido comunicada hasta hace siete días. En ella, este alto organismo también insta al país alauita a que conceda a Ali Aarrass una “reparación económica en la medida de lo posible”, cuya cuantía se desconoce.

Sin embargo, el abogado dijo ayer que eso es lo que menos les importa ahora porque “no hay cuantía que pueda reparar los daños psicológicos y físicos” que ha sufrido Ali Aarrass desde su detención en Melilla el 1 de abril de 2008, y su posterior extradición a Marruecos el 14 de diciembre de 2010. Han pasado, por lo tanto, “casi seis años” desde que empezó el caso Aarrass, que parece haber terminado ahora con esta resolución de la ONU.

Torturas
En ella, el Comité de Derechos Humanos considera como hechos probados que Aarrass fue torturado en el transcurso de su interrogatorio en Marruecos, y que también fue objeto de detención arbitraria y condenado de forma injusta a 15 años de prisión, pena que fue rebajada a 12 años por el Tribunal de Apelación de Salé, ciudad en la que está preso y con posibilidad de comunicación una vez a la semana. Ésta es la razón por la que la prensa melillense se enteró ayer antes que el propio Aarrass de esta resolución de la ONU, ya que sus familiares se dirigían ayer mismo hasta Salé para darle información al respecto.

El informe del Comité de Derechos Humanos de la ONU indica que Aarrass fue condenado basándose en una declaración escrita en árabe que “le obligaron a firmar tras 12 días de ser objeto de torturas de todo tipo” y sin la presencia del abogado, entre ellas “inyecciones de medicamentos para obtener una confesión”, e incluso una entrada y registro en la casa de un familiar en Nador para buscar armas. También “fue objeto de disparos de los policías que lo custodiaban y se le intentó intimidar mediante tortura, paliza, insomnio, falta de nutrición y de agua”, todo ello “para obtener de forma forzada su declaración”.

Contra las normas
La resolución afirma que la condena a Aarrass conculca los artículos 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, así como los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional relativo a los derechos civiles y políticos de categoría III, además de suponer una vulneración del artículo 23 de la Constitución marroquí.

Según esta resolución, la norma que se ha aplicado en este caso, la ley marroquí para la lucha contra el terrorismo del 3 de marzo de 2003, excede el periodo máximo de detención y priva del derecho a la asistencia jurídica, de modo que “se está privando del derecho a un juicio justo”, afirmó Nayim Mohamed.

En su resolución, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha expresado igualmente su preocupación por las “numerosas alegaciones de tortura y de malos tratos” cometidos por los cuerpos de seguridad, funcionarios penitenciarios “y muy particularmente de los agentes de la DST”, la Dirección General del Estado, “cuando las personas son privadas de abogado”. Concretamente, estos casos se dan, según esta resolución, en los supuestos en los que hay sospechosos de terrorismo o de ser partidarios de la independencia del Sahara Occidental.

Obligado cumplimiento
El abogado Nayim Mohamed mostró ayer su satisfacción por esta resolución, que llega después de casi tres años de trabajo de este comité, formado por relatores especiales que comparecen ante una queja y que en este caso concreto se entrevistaron con Aarrass y pidieron a las autoridades marroquíes que hiciera sus correspondientes observaciones, aunque el país vecino no respondió nunca ni tampoco pidió más tiempo para presentar alegaciones.

El Gobierno marroquí no conocerá hasta dentro de unos días esta resolución, dado que la ONU le tiene que hacer la comunicación por cauces oficiales que son más lentos que un simple fax.

Nayim Mohamed dijo desconocer en cuánto tiempo podría producirse la liberación de Aarrass, aunque sí dejó clara la importancia de esta resolución por varias razones. Una, porque un alto organismo internacional y experto en Derecho como es la ONU reconoce que “a este señor se le ha hecho un juicio injusto”. “No lo digo yo, ni los abogados que trabajan con él ni otras personas interesadas, lo dice un comité de prestigio”, dijo.

Además, dejó claro que Marruecos no puede recurrir y debe acatarlo tras haber firmado el tratado internacional con la ONU. Si no lo hiciera, “supondría un conflicto internacional”, dijo Nayim, Mohamed antes de mostrar su confianza en “el saber recto de los gobernantes de Marruecos, que deben acatar y cumplir una resolución que emana de un lugar al que ellos acuden continuamente por diversos temas”.

El Gobierno belga
No es la primera sentencia a favor de Ali Aarrass. Un tribunal de Bruselas también ha dado la razón a los dos abogados belgas de este ciudadano en su denuncia contra el Ministerio de Asuntos Exteriores de Bélgica “por dejación de funciones”, dado que las autoridades de ese país “se desentendieron y ni siquiera le visitaron en prisión, cuando cualquier cónsul tiene la obligación de hacerlo”. Por lo tanto, esta resolución, la 1518/2013, “sienta un precedente importante” porque el Estado belga tiene “la obligación moral y legal de asistir a sus ciudadanos, cosa que no ha hecho con Aarrass”.

Hay que recordar que Aarrass, de nacionalidad belga-marroquí pero de origen melillense, fue detenido en el barrio de Cabrerizas el 1 abril de 2008 después de que Rabat emitiese un mes antes dos órdenes internacionales de detención.

El 14 de diciembre de 2010, Aarrass fue extraditado por España a Marruecos por sus presuntos vínculos con el “Movimiento de los muyahidines del Magreb” y su supuesta implicación con los atentados del 16 de mayo de 2003 en Casablanca, que causaron la muerte de 45 personas.

La extradición de Aarrass se produjo pese a la recomendación expresa del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que el 26 de noviembre de 2010 pidió a España que paralizara el proceso. Un año más tarde se celebró el juicio en Rabat, en el que fue condenado a 15 años de prisión, pena que fue rebajada posteriormente a 12 años.

Loading

Redacción

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€