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Estaban imputados por un presunto delito de “trato degradante”, con posibilidad de sumar otro de lesiones, pero Lamo de Espinosa zanjó ayer el caso “ante la falta parcial de acervo probatorio”

El juez archiva la imputación de los ocho guardias civiles por su actuación en la valla

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El Juzgado de Instrucción número 2 de Melilla ha acordado el sobreseimiento provisional de la investigación en la que había 8 guardias civiles imputados por un presunto delito de trato degradante, con posibilidad de sumar otro de lesiones, como consecuencia de su actuación en la valla fronteriza ante un intento de entrada de inmigrantes ocurrido el 15 de octubre de 2014. Este sobreseimiento se produce cuatro meses después de que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla dictara el archivo parcial y provisional de la causa por la que estaba imputado el coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, Ambrosio Martín Villaseñor, por las órdenes de actuación que había dado a los agentes. Con el auto dictado ayer, el juez Emilio Lamo de Espinosa da carpetazo al caso que abrió hace un año para investigar las denominadas devoluciones en caliente. En un auto dictado ayer al que ha tenido acceso MELILLA HOY, el juez aclara que el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones “no implican que hayan desaparecido los indicios de delito”, ya que éstos “siguen existiendo”, pero “resultan insuficientes para justificar el paso a la fase intermedia del procedimiento”.

El magistrado justifica el sobreseimiento porque “ya no es posible acordar nuevas diligencias de investigación que resulten útiles y procedentes al esclarecimiento de los hechos, ya que las que restan por cumplimentar fueron acordadas en su día y han devenido imposibles al tiempo actual”.

El auto se refiere, especialmente, a la imposibilidad de tomar declaración a los inmigrantes que fueron rechazados en la frontera el 15 de octubre de 2014, ya que éstos fueron “entregados de manera inmediata a las fuerzas auxiliares marroquíes sin observar la legislación aplicable” en materia de vigilancia de fronteras exteriores y Extranjería.
“Sin esas declaraciones, se ha privado a la investigación de un elemento esencial que hubiera permitido concretar, en su caso, la procedencia de la continuación de esta causa”, indica el magistrado, convencido de que el hecho de que los inmigrantes no fueran identificados “ha condicionado la totalidad de la investigación”.

Según el juez, la “entrega inmediata [de los inmigrantes] en frontera a las autoridades marroquíes sin efectuar trámite alguno ha tenido como consecuencia la imposible práctica de diligencias esenciales para los fines de la investigación”. No en vano, recuerda que si se hubiera conocido la versión de los inmigrantes, se podría haber realizado un examen individualizado de cada caso y se habría podido concretar si alguno tuvo padecimientos físicos o psíquicos derivados de la actuación de la Guardia Civil.

Las grabaciones
Además, la devolución de los inmigrantes supone una “crisis anticipada” de la investigación porque las pruebas de aquel salto a la valla del 15 de octubre de 2014 se han quedado limitadas a las grabaciones aportadas por las ONG denunciantes y la propia Guardia Civil (18 CD en total) y las declaraciones de los guardias civiles imputados y los testigos, entre los que había otros agentes, fotoperiodistas y el personal sanitario que auxilió a los inmigrantes a pie de valla.

Sin embargo, el auto afirma que las imágenes por sí solas no son suficientes para que el juzgado pueda pasar a una fase intermedia del procedimiento que ha tenido abierto desde hace un año. “Mucho menos para propiciar la apertura de juicio oral”, aclara el juez, quien asegura no obstante que las imágenes “en principio muestran una actuación desmesurada de los agentes” hacia un inmigrante que las ONG identifican como un camerunés llamado Danny.

Se refiere Lamo de Espinosa al subsahariano de jersey morado cuya entrega a los agentes marroquíes causó una enorme polémica a raíz de un vídeo difundido por Prodein, una de las ONG que figuran como acusación particular junto a Andalucía Acoge, SOS Racismo, Asociación Pro Derechos Humanos y Coordinadora de Barrios.

El juez admite en su auto que los guardias civiles podrían haber hecho descender “de otra manera” a este inmigrante, que estaba encaramado a la valla, en vez de hacerlo mediante el uso de sus defensas mientras bajaba por una escalerilla, tras lo cual “fue trasladado en volandas hasta Marruecos desde España” atravesando las puertas de servicio de la valla.

No obstante, el magistrado también reconoce que este subsahariano “empuñaba” un garfio en la mano derecha, que “los agentes estaban efectuando un rechazo en frontera en la forma en que les había sido ordenada” y todo ello en mitad de “una situación de gran tensión”.

Antes de la reforma de la Ley
Los hechos, recuerda el magistrado, ocurrieron antes de la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Extranjería, motivada por la disposición final primera de la Ley de Seguridad Ciudadana, que entró en vigor el 1 de abril de este año. En ella, se reconoce el rechazo en frontera.

Tampoco es posible continuar la tramitación de la causa por un presunto delito de lesiones porque si bien fueron atendidos “muchos inmigrantes a pie de valla y algunos tuvieron que ser trasladados al hospital”, no fueron examinados por el médico forense y, además, las lesiones que presentaban pudieron deberse a los factores del asalto a la valla.

En ambos casos, el magistrado afirma que “la falta parcial de acervo probatorio” por el que ahora decreta este sobreseimiento provisional “no impedirá que en caso de allegarse a la instrucción nuevos medios de prueba, fundamentalmente las declaraciones de los perjudicados”, éstos puedan servir para reabrir las actuaciones o mantener su archivo.

Contra este auto, por el que decaen las denuncias de las ONG y se atiende a las peticiones del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, cabe interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días tras su notificación, o un recurso de apelación en un plazo de cinco días.

Carpetazo al caso
Con el auto notificado ayer, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Melilla, que llevaba investigando desde el verano pasado las devoluciones en caliente de inmigrantes en la valla de Melilla, ha dado carpetazo al caso. No en vano, hay que recordar que estos 8 guardias civiles (un comandante, un teniente y seis guardias civiles) eran los únicos que quedaban imputados en este procedimiento, por el que Lamo de Espinosa unió en una sola causa las denuncias que las ONG presentaron por la actuación de la Guardia Civil durante los saltos que tuvieron lugar el 18 de junio, el 13 de agosto y el 15 de octubre del año pasado.

El auto de ayer, referido al último de esos saltos masivos, cierra todo el caso, siguiendo la línea marcada el pasado mes de abril por la resolución de la Audiencia Provincial de Málaga, que archivó la imputación del coronel jefe por un presunto delito de prevaricación administrativa, al ser el autor de la Orden 6/2004, titulada “Dispositivo anti intrusión en la valla perimetral de Melilla y protocolo operativo de vigilancia de fronteras” del 11 de abril de 2014. También por las órdenes verbales que dio Martín Villaseñor el 18 de junio y 13 de agosto de 2014 ante sendos intentos de entrada de inmigrantes.

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Redacción

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