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Condenado a 2 años un soldado por falsificar un certificado para seguir en el Ejército

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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado una condena a dos años de cárcel por un delito de deslealtad dictada por Tribunal Militar Territorial Segundo de 2015 por elaborar un certificado académico falso para firmar un compromiso de larga duración, que permite continuar en el Ejército hasta los 45 años.

La sentencia del alto tribunal considera probado que el condenado, que estaba destinado en el Grupo de Regulares de Melilla número 52, realizaba su trabajo en las oficinas de la 1ª Compañía, donde se encargaba del control y de la tramitación de la documentación del personal. El 24 de enero de 2011 el militar presentó, para que se anotara en su hoja personal, un certificado del título de graduado en Educación Secundaria, la titulación exigida para poder suscribir el compromiso de larga duración, que se le concedió desde el 12 de abril de 2012 hasta el 1 de diciembre de 2030. La resolución indicaba que el condenado tenía que acreditar estar en posesión de la titulación requerida en el momento de formalizar el compromiso. El militar presentó la documentación correspondiente, sin incorporar una copia compulsada del certificado académico al tenerlo ya reconocido por el Mando de Adiestramiento y Doctrina (MADOC). La sentencia del Tribunal Militar, contra la que el soldado presentó un recurso que ha sido rechazado, señalaba que la certificación académica no se corresponde con la realidad, ya que el soldado no consta en el acta de la convocatoria de septiembre de 2010 del Centro Público de Educación de Personas Adultas «Carmen Conde Abellán» de Melilla. Por ese motivo, concluía que el documento presentado por el militar es una manipulación de un certificado verdadero, expedido por ese centro a otro soldado, al que accedió por su trabajo como oficinista de la 1ª Compañía del Grupo de Regulares, donde disponía además de los medios electrónicos para hacer la falsificación. De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, la Sala de lo Militar del Supremo sostiene que la presentación del certificado citado le permitió firmar un compromiso de larga duración con las Fuerzas Armadas sin reunir los requisitos exigidos, sin tener la capacidad necesaria para ocupar determinados destinos o puestos, con el evidente riesgo para el servicio que supone que personal no cualificado desempeñe determinadas funciones dentro del ejército, sin olvidar el hecho de que con su conducta impidió acceder al compromiso de larga duración a otros compañeros que sí cumplían con los requisitos académicos exigidos. Consciente de la falsedad Asimismo, afirma que el soldado, como indica la sentencia recurrida, era plenamente consciente de la falsedad de la documentación aportada y la presentó voluntariamente en su Unidad para que formase parte de su expediente y, de ese modo, conseguir su objetivo. La sentencia, siguiendo la jurisprudencia de la Sala, señala que el delito cometido por el condenado está conectado con la protección del bien jurídico del deber de lealtad del militar, que se concreta en la exigencia de exactitud de las informaciones que transmite al mando, en virtud de sus obligaciones relacionadas con el servicio. El deber citado, subraya la resolución, exige la preservación del deber de lealtad en las relaciones funcionales entre los militares y, también, la disciplina como elemento nuclear de cohesión en la organización castrense. «Inveracidad» que, según la Sala de lo Militar, reviste en el presente caso suficiente entidad para lesionar los bienes jurídicos protegidos.

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Redacción

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