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Su abogado, José Luis Alabarce, subraya que en la sentencia “se contienen una serie de hechos como probados que para nada se ajustan a la realidad”

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El abogado de Asunción Collado, José Luis Alabarce, ha avanzado que presentará recurso a la sentencia de la Sección VII de la Audiencia Provincial de Málaga, tras condenar a seis años y dos meses de cárcel a la abogada melillense y responsable de varias promociones de vivienda en la ciudad, por "apropiación indebida" de aproximadamente 220.000 euros a cooperativas de la promoción 'Viviendas Melilla 97', así como al pago de medio millón de euros de indemnización a los afectados. Según ha explicado a MELILLA HOY el letrado de la defensa, en el fallo judicial "se contienen una serie de hechos como probados que para nada se ajustan a la realidad".
José Luis Alabarce, a través de un escrito remitido a este periódico, ha indicado que como letrado que ha llevado la defensa de Asunción Collado, lo primero que puedo transmitir "desde el más absoluto de los respetos a las resoluciones judiciales, es mi absoluta sorpresa y mi profundo malestar por la sentencia dictada que condena a la Sra. Collado, frente a la que voy a formular el correspondiente recurso de casación". En su opinión, durante la sustanciación del juicio se ha causado a Asunción Collado "una total indefensión al inadmitirse hasta en dos ocasiones que contempla la Ley como posibles para presentar documentos, una gran cantidad de justificantes que de haberse admitido se tendría la certeza de que los hechos que ahora se recogen en la sentencia no son ciertos".

El letrado de la defensa ha afirmado que "nos causó mucha sorpresa que con una solicitud de condena tan alta y tratándose de unos hechos tan graves, no se nos admitiera ni un solo documento". Y sin embargo, ha añadido, en la sentencia se tenga como hecho probado que Asunción Collado (empresa LIDESUR) tenía total disponibilidad sobre la cuenta de la Cooperativa de Viviendas Melilla 97, "a pesar de que no se haya traído al procedimiento ni al juicio ni una sola prueba (certificado bancario) que ponga de manifiesto que siendo la titular de la cuenta de la Cooperativa, Asunción era persona autorizada. Pero es que además -ha proseguido- no se ha traído porque nunca Asunción fue titular ni autorizada y porque todas las disposiciones sobre dicha cuenta se hacían por los miembros del Consejo Rector de la Cooperativa, del que ella no formaba parte".

“Enemistad manifiesta”
El abogado ha unido a su comunicado de prensa varios escritos que demostrarían lo que dice, entre ellos el que Asunción Collado dirigió al banco el 28-7-2003 comunicando quiénes serian los autorizados en la misma (los miembros del consejo rector del que ella no formaba parte) y además comunicando al banco que las firmas serían mancomunadas. Este documento no se quiso admitir por el Tribunal.

Además afirma que le ha causado mucha sorpresa que una de las pruebas que se ha tenido en cuenta para dar por probado que Asunción Collado tenía acceso a la cuenta de la Cooperativa, sea el testimonio de un ex empleado de LIDESUR que "nada más empezar a declarar afirmó tener "enemistad manifiesta" con Asunción. Sin embargo su testimonio se ha tenido en cuenta como si de un testigo imparcial se tratara y no ha sido puesto en duda" ha dicho Alabarce. "De haberse pedido un certificado en el Banco o de haberse admitido el documento que pretendíamos presentar, se habría comprobado que ella nunca pudo disponer de los fondos de la cooperativa si no era con la firma de dos miembros del Consejo rector, lo que ahora deberemos hacer nosotros y tomar las acciones legales contra los que han afirmado lo contrario" ha advertido.

José Luis Alabarce ha afirmado que aún constando en el procedimiento que LIDESUR (Asunción Collado) tan solo recibió en su cuenta el importe correspondiente a ocho cantidades de IPSI abonados por ocho cooperativistas (74.760'15 euros) de los 24 que eran (los demás lo ingresaron en la cuenta de la Cooperativa) se da por probado que Asunción Collado se ha enriquecido al haberse quedado con la totalidad de los 24 (225.870'80 euros), "sobre la base errónea de que ella podía manejar los fondos de la cuenta de la cooperativa" ha apuntado el letrado.

“Devolvió todo el dinero”
En este sentido, ha destacado que dice la sentencia que "por otro lado tenemos la versión sostenida por la defensa de la acusada, quien mantiene que ésta no estaba autorizada para operar en la cuenta bancaria de la Cooperativa y que por tanto no ha dispuesto de las cantidades que hubieran depositado los cooperativistas en la cuenta de esta Sociedad; que sólo recibió las cantidades pagadas en concepto de IPSI de ocho cooperativistas (que sumadas todas ellas importan la cantidad de 74.760' 15 euros), y que las reintegró a la cuenta de la Cooperativa; que así mismo reintegró a la Cooperativa otra cantidad mayor (272.336'90 euros)… por lo que no se ha enriquecido con ninguna cantidad" apuntilla. Y sigue diciendo la sentencia, ha agregado José Luis Alabarce, que "…durante las sesiones del juicio oral fue preguntando a cada uno de los cooperativistas si después del otorgamiento de las escrituras de compraventa (entre 27 de marzo y 13 de abril de 2007) realizaron algún otro ingreso en la cuenta de la Cooperativa contestando todos negativamente; de lo que deduce la defensa que si ningún cooperativista ingresó cantidad alguna entonces, ello viene a demostrar que las cantidades ingresadas en la cuenta de la Cooperativa con fecha 16/05/2007 por importe de 62.636'90 euros, y con fecha 1/08/2007 por importe de 140.000 euros, las ingresó la acusada. Estos alegatos de la defensa -ha resaltado- no pueden producir el efecto probatorio pretendido por la misma".

Ante eso, Alabarce ha dicho que se omite en la sentencia que hubo otro ingreso el 21 de julio de 2008 en la cuenta de la cooperativa por importe de 69.700 euros y sumados todos ellos supusieron un total de 272.336,9 euros.

A la vista de la sentencia, el abogado de Asunción Collado ha dicho que "nos tenemos que preguntar ¿si ningún cooperativista ingresó en la cuenta de la cooperativa la cantidad de 272.336,9 euros durante los meses siguientes al otorgamiento de su escritura quién lo hizo entonces? ¿Alguien que pasaba por allí? ¿Como puede entenderse que se haya ingresado en la cuenta de la cooperativa la cantidad de 272.336,9 euros y que no habiéndose ingresado por ninguno de los cooperativistas no se nos admitieran los justificantes originales en los que se probaba que había sido Asunción Collado (LIDESUR)? ¿Y el favor de la duda?". El defensor ha remitido los justificantes hasta en dos ocasiones y ahora también los ha dispuesto a disposición de este periódico.

El abogado de Asunción Collado ha destacado que habría bastado que la Audiencia Provincial les hubieran admitido los tres documentos originales en los que se acredita que después de haber recibido ocho importes de IPSI (74.760' 15 euros) entre los meses de marzo y abril de 2007, Asunción Collado (LIDESUR) en mayo de 2007, 1 de agosto de 2007 y 21 de julio de 2008, ingresó en la cuenta de la cooperativa la cantidad de 272.336,9 euros, mucho antes de que se le denunciara por parte de los cooperativistas, para haber absuelto a su cliente.

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Mustafa Hamed

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