Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

CPM pide que se abra expediente a la fiscal jefe de Melilla por “obrar de mala fe” en el caso voto por correo

melillahoy.cibeles.net fotos 1486 Isabel MartA n LA pez dd

Coalición por Melilla (CPM) ha elevado un queja a la Fiscalía General del Estado contra la Fiscal Jefe del Área de Melilla, María Isabel Martín López, por las presuntas irregularidades cometidas durante la investigación del llamado "caso por voto por correo". En su escrito, el principal partido de la oposición en la Ciudad Autónoma solicita al fiscal general del Estado que admita esta queja e incoe un expediente disciplinario "a fin de depurar las responsabilidades por las infracciones cometidas por la Fiscal María Isabel Martín López", movida, según CPM, por presuntos intereses personales dado que su marido es adjudicatario de contratos de la Ciudad Autónoma de Melilla. Esta fiscal ha pedido 231 años de prisión, 272 años de inhabilitación para empleo o cargo público y más de 1,1 millones de euros entre multas e indemnizaciones para 30 miembros de CPM y PSOE.
El escrito de queja, al que ha tenido acceso este Diario, está firmado por Mustafa Aberchán y en él señala en primer lugar que el Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla instruye las diligencias y en este procedimiento iniciado a instancias del PP de Melilla, partido que gobierna la Ciudad Autónoma, la investigación ha consistido en “encargar” al Equipo Contra el Crimen Organizado de la Guardia Civil de Málaga un seguimiento de todos los miembros de la oposición, de sus familiares, allegados y abogados, “llegándose a incluso a intervenir los teléfonos de muchos de ellos, de sus domicilios particulares y de los centro de trabajo, todo ello por la presunta comisión de un delito electoral”.

En segundo lugar apunta que la queja se presenta al entender CPM que la Fiscalía actúa en este procedimiento de manera interesada, realizando actuaciones que comprometen la imagen de los partidos de la oposición en plenas campañas electorales, y en particular las Locales del año 2015, mediante informes estratégicamente dictados en el tiempo, ya que los mismos pudieron haberse dictado o muchos antes, o después de la campaña electoral.

Asimismo, añade que "resulta que la alineación del Ministerio Fiscal con la acusación particular, que es quien inicia este procedimiento, puede resultar contaminado, al aparecer intereses personales por parte de quien en este procedimiento representa el Ministerio Público".
¿Imparcialidad?
En tercer lugar, subraya que resulta ilustrativo que el traslado de las actuaciones del Ministerio Fiscal, tras el dictado de auto de transformación en procedimiento abreviado, se realice en fecha 2 de septiembre de 2013, y que el escrito de acusación de la Fiscalía sea fechado el 8 de abril de 2015, en precampaña electoral, trascienda públicamente, al incorporarse el día 17 de mayo de 2015, una semana antes de las elecciones.

En cuarto lugar, el principal partido de la oposición destaca que la estrategia la fiscal no se agota allí, "pues para causar mayor efecto e impacto con su calificación, y sin perjuicio de la defensa que en su día se ejercite, se aprecia claramente como se aplica una normativa posterior, y se solicitan unas penas sobredimensionadas", algo que explican detalladamente en el documento remitido a la Fiscalía General del Estado.

En el quinto apartado, entre estos puntos sobresale que "la Fiscalía sabe que no se puede acusar por el art. 140 C) a D. Mustafa Hamed Moh (Aberchán), ni a muchos otros acusados, por imposibilidad en su comisión al no ser funcionario público". También indican que resulta llamativo que "además de indebidamente aplicados, se solicitan todas las penas en su extensión máxima, para asegurarnos de un verdadero impacto mediático".

El escrito de queja apunta que "podríamos pensar que se trata de cuestiones jurídicas que no se han tratado con rigor en este momento procesal, y que se depurarían en el acto del juicio, pero si unimos la desproporción de las penas, la indebida aplicación de los tipos penales, el momento en que se presenta el escrito de acusación, con la vinculación que tiene la representante del Ministerio Público con la Ciudad Autónoma de Melilla, pues nos hace dudar de la imparcialidad con la que actúa en este procedimiento".

Para explicar este punto, CPM asegura que Isabel Martín López es cónyuge de A.M.G., que "es adjudicatario de distintos contratos con la Ciudad Autónoma de Melilla, Ciudad que está desde el año 2001 hasta hoy gobernada por el PP, quien inicia este procedimiento".

En séptimo lugar recoge que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone en su artículo 58 que los miembros del Ministerio Fiscal no podrán ejercer sus cargos en las Fiscalías que comprendan dentro de su circunscripción territorial una población en la que su cónyuge o persona a quien se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad ejerza una actividad industrial o mercantil que obstaculice el imparcial desempeño de su función, a juicio del Consejo Fiscal".

A su vez destaca que el artículo 62 considera como "falta muy grave" la inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que se concurre alguna de las causas legalmente previstas".

Loading

Redacción

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€