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El 25 de abril comienza el periodo matriculación en los colegios de Melilla

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El plazo para matricular a los alumnos en los colegios de Melilla comenzará el próximo 25 de abril y concluirá el 6 de mayo, según ha señalado el Ministerio de Educación Cultura. A través de una resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, publicada ayer en el Boletín Oficial de Melilla, se da a conocer las normas que regula la escolarización de alumnos en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de los centros públicos y privados concertados en las ciudades de Ceuta y Melilla.
El MEC señala que para la aplicación y desarrollo de estas instrucciones, los centros docentes públicos utilizarán la aplicación informática correspondiente. Así apunta que la información relativa al proceso se encontrará disponible en las páginas web de la Dirección Provincial y de los centros.

Entre los criterios que prevalecen se encuentran la zona de residencia más cercana al colegio elegido, contar con un hermano en dicho centro y sufrir algún tipo de discapacidad, entre otros criterios.

Las inscripciones se podrán recoger en el MEC o en los propios colegios.

Comisiones de Garantía
En la resolución ministerial recogida en el BOME de ayer, se señala que se establece la constitución, composición, régimen de funcionamiento y funciones de las Comisiones de Garantía de Admisión. En este sentido, indica que en la resolución provisional de los períodos de reserva de plaza y ordinario de admisión, las citadas Comisiones adjudicarán plaza escolar únicamente en el caso de que exista vacante en alguno de los centros públicos y privados concertados incluidos en la solicitud.

Las posibles reclamaciones a las plazas adjudicadas por las Comisiones serán resueltas a través de la publicación de las listas definitivas. Si se produjeran empates en el proceso de baremación, las Comisiones de Garantía de Admisión aplicarán como criterio de desempate un sorteo de cuatro letras realizado, al efecto, ante el Consejo Escolar del centro. En caso de igualdad de las dos primeras letras del primer apellido, el orden vendrá establecido por la tercera y cuarta letras, a partir de las cuales se hará un listado de los alumnos solicitantes por orden alfabético ascendente de su segundo apellido. En caso de coincidencia del segundo apellido o que no exista, se utilizará el nombre.

Solicitudes no atendidas
Una vez adjudicada plaza escolar a las solicitudes no atendidas por los centros, las Comisiones de Garantía de Admisión asignarán plaza a los alumnos cuyas solicitudes estén duplicadas o contengan datos incorrectos, y a aquellos otros cuyas solicitudes fueran presentadas fuera de plazo, atendiendo al orden de llegada. Posteriormente harán pública la información sobre las vacantes ordinarias resultantes.

Las Comisiones de Garantía de Admisión escolarizarán a los alumnos que presentan necesidades educativas especiales, teniendo en cuenta la propuesta de escolarización realizada por los Servicios de Orientación Educativa, oídos los sectores afectados, especialmente a los padres o tutores legales.

Ampliación de lista
Los alumnos que se incorporen por primera vez al sistema educativo y que no hayan obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados, deberán pedir, a través de las Comisiones de Garantía de Admisión, ampliación de la lista de centros solicitados, incluyendo en su petición únicamente aquellos centros que tengan vacantes para el nivel solicitado.

Estas nuevas solicitudes se resolverán con la publicación de las listas definitivas de admitidos por las Comisiones de Garantía de Admisión, que deberán asignar un puesto escolar sostenido con fondos públicos a todos los solicitantes, a los que se refiere este apartado.

Alumnos de incorporación tardía
El MEC ha apuntado que la escolarización de los alumnos de incorporación tardía al sistema educativo será realizada por la Comisión de Garantía de Admisión, con arreglo a la normativa establecida para dichos alumnos.

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Redacción

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