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La respuesta de Interior: “Cosa distinta es el derecho a custodiar la frontera”

La respuesta del Ministerio del Interior, firmada por el propio Jorge Fernández Díaz y fechada el 7 de julio, no habla de tal protocolo. Defiende que España “honra a sus obligaciones como firmante de la Convención Europea de Derechos Humanos y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 así como de aquellas otras dimanantes de la normativa comunitaria” con una legislación que “resulta incluso más garantista y detallada” porque regula “un amplio catálogo de derechos” tanto de migrantes como de solicitantes de asilo.
“En cuanto a las ‘devoluciones’ y ‘expulsiones colectivas’ mencionadas en su carta, nuestra legislación las prohíbe expresamente, garantizando así el principio de no devolución. Cuestión distinta es el derecho y la obligación de España a custodiar y proteger sus fronteras que, en el caso que nos ocupa, son también fronteras exteriores de la Unión Europea, con las implicaciones para la seguridad de todos sus ciudadanos que ello conlleva”, explica Fernández Díaz.
En su respuesta, dice asimismo que la regulación actual “hace un llamamiento expreso al respeto de la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte” y recuerda que además, la solicitud de asilo “es posible en uno de los pasos fronterizos autorizados” tanto en Ceuta como en Melilla, donde se han habilitado espacios para ello.
“Los argumentos jurídicos que sustentan la necesidad de regular el rechazo en frontera han sido expuestos ante instancias jurisdiccionales nacionales y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, añade el responsable de Interior, para recordar que España está personada en esas dos denuncias relacionadas con devoluciones a Marruecos y espera con respeto el pronunciamiento del tribunal.

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Redacción

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